Ordenanzas Promulgadas.
El Intendente, José Carlos Halle, promulgó la Ordenanza Nº 8864 que ratificó el convenio que oportunamente firmara con la Provincia.
Contempla la ejecución de un programa de obras de ampliación a la red básica de gas natural por gasoducto y de conexiones dentro del ejido de la ciudad de Paraná.
Ello posibilitará que la Secretaría de Energía de Entre Ríos pueda efectuar el llamado a licitación del proyecto que, según expresiones del titular de la misma, Ing. Raúl Arroyo, estaría en condiciones de realizarse antes de fin de año; pues la sanción de esta Ordenanza era un requisito imprescindible para ello.
El ambicioso plan de extensión de la red de gas natural en Paraná, beneficiará a un total de doce barrios ubicados en la zona sur de esta capital e implicará el tendido de aproximadamente 200 kilómetros de red.
Los trabajos se ejecutarán por etapas, priorizándose la fecha de solicitud de esta obra realizada por los vecinos y la factibilidad técnica de la conexión del ducto.
La Municipalidad resultará beneficiaria de los trabajos que se ejecuten y obligada a la restitución del 60 % del valor de los mismos a la Provincia, a través de lo que perciba en concepto de Contribución por Mejoras a la que estarán obligados los propietarios frentistas que se vean beneficiados.
Estos podrán abonarla mediante un pago único por el total del importe que establezca el municipio o bien, a través de un plan de financiación que no excederá las 48 cuotas, exigible la primera de ellas a partir del mes siguiente a la habilitación con gas de las obras.
ADHESIÓN DEL MUNICIPIO AL PROGRAMA DEPORTIVO BARRIAL.
El titular del departamento Ejecutivo Municipal, José Carlos Halle, también promulgó la Ordenanza Nº 8863, del que es autora la Concejal Radical Profesora Julia Liliana Lampan, por la cual la comuna adhiere a la creación del “Programa Deportivo Barrial”, contemplado en la Ley Nacional Nº 26069, a los fines que las entidades de nuestra ciudad puedan recibir los beneficios que la misma otorga.
La norma faculta al Ejecutivo a suscribir con la autoridad nacional que corresponda, el Convenio Necesario para la efectiva aplicación del referido Programa.
La Ley Nacional comentada, tiene como objetivo fomentar y facilitar las prácticas deportivas a través del apoyo y fortalecimiento de entidades que, a sus fines, se registrarán bajo la denominación de “Club de Barrio”.
Estas podrán solicitar la implementación en su sede de alguna o algunas de las prácticas deportivas integrantes del Programa, de acuerdo con los convenios que se celebren con los estados provinciales o municipales.
El mismo, incluye prácticas deportivas para personas de ambos sexos, todas las edades y personas con capacidades diferentes.
Visite nuestro sitio… www.hcdparana.gov.ar
