Nuevos Proyectos de Reglamentación de la Constitución Provincial.

Ingresaron ayer tres iniciativas en Diputados.

El paquete fue presentado oficialmente a la Cámara de Diputados de Entre Ríos por parte de su presidente, Jorge Busti y acompañada con la firma de legisladores del bloque Peronismo Federal.

El mismo está compuesto por los proyectos de ley correspondientes a la Publicidad Oficial, Derecho a Réplica y de Procedimientos Constitucionales.

Las leyes poseen como fin continuar con la reglamentación de la Constitución Provincial, tal cual lo vienen haciendo las demás leyes tratadas en el recinto, a poco de cumplir ésta, un año desde su sanción.

Se dio a conocer la oficialización de un nuevo paquete de leyes que ingresaron ayer a la Cámara de Diputados, a través de su Presidente Jorge Busti.

Se trata de la leyes correspondientes a la reglamentación de la Publicidad Oficial, Derecho a Réplica y Procedimientos Constitucionales, todos bajo la firme co), el cual destaca que “toda persona que sea parte de un expediente administrativo podrá interponer amparo por mora en el caso de demora injustificada de la autoridad competente en expedirse sobre el asunto requerido por el interesado, con arreglo a la normativa vigente sobre competencia y atribuciones de los órganos y entes”, según lo afirma textualmente el proyecto en su artículo 2º.

A su vez, la norma agregaría en su reglamentación el artículo 51º (bis), el cual refiere a la acción de inconstitucionalidad en el solo interés de la legalidad. Básicamente este significa la posibilidad de cualquier persona de poder presentar una acción de inconstitucionalidad contra una ley, sin la necesidad que sea a partir de invocar un derecho subjetivo o la afectación directa de un derecho de la persona denunciante.

Por su parte la ley incorpora, entre tantas otras, el artículo 55º bis (albergado en el artículo 60º de la Carta Magna) y el cual destaca en su texto que la declaración de inconstitucionalidad de una norma por tres veces a través de sentencia firme del Superior Tribunal de Justicia determina su total derogación.

Para finalizar la síntesis de la mencionada ley vale aclarar que algunas de estas garantías citadas ya se encontraban en la constitución provincial como por ejemplo la acción de ejecución, acción de amparo, de habeas corpus y la acción de prohibición, reglamentados por la ley 8369 de 1990, durante el primer gobierno de Jorge Busti.

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