“Los cuatro diputados entrerrianos del FPV, Liliana Ríos, Osvaldo Elorriaga, Julio Solanas y yo, presentamos el viernes un proyecto proponiendo reglamentar el Derecho de Réplica, que como se sabe fue legislado por el Pacto de San José de Costa Rica en 1969”.
“La Constitución Argentina, en la reforma del 94 lo incorpora como un anexo y desde entonces está en vigente en forma fragmentaria, parcial porque requiere reglamentación”.
“El proyecto nuestro intenta, si la discusión avanza en el Congreso y esto se sancionara, resolver estos problemas para establecer que el derecho funcionara en forma gratuita, proporcionada”.
“Se trata de garantizar la vigencia de la libertad de expresión para todos, en coordinación con una serie de otros derechos”.
“Deslindamos esta cuestión estratégica definiendo que las criticas o meras opiniones no están amparadas por el Derecho a Réplica y le agregamos una disposición al proyecto que tiende a garantizar que la sentencia que conceda el Derecho a Réplica, en el caso de que sea negado por el edito, se cumpla”.
“Establecimos que el juez podrá, en la sentencia, imponerle al medio sanciones combinatorias progresivas para que a los 10 días el editor cumpla o tendrá una deuda enorme”.
“Además, el incumplimiento será considerado desobediencia judicial punible”.
“La persona afectada por una noticia inexacta o agravante tendría en el Derecho a Réplica una herramienta muy eficaz para defender estos derechos que merecen ampara judicial”.
“Una democracia moderna es aquella donde los poderes modernos están limitados, controlados y por más que yo sea editor de un multimedio de enorme tiraje en la región debo ser responsable ante el ciudadano que se ha afectado en una nota que de ninguna manera la libertad de prensa ampara”.
