Se demora el juicio al intendente de Santa Elena Daniel Rossi, después de la recusación de la defensa.
Se demora el juicio contra el intendente de Santa Elena Daniel Rossi. Este viernes, en los Tribunales de La Paz, se desarrolló una audiencia para tratar una presentación realizada por la defensa, al fiscal que asumió el caso de cara al debate oral y público.
La audiencia fue presidida por la jueza Carolina Castagno, quien estuvo acompañada por los vocales Juan Malvasio y Alejandro Grippo. Por la defensa, estuvieron los abogados Carlos Reggiardo (representa a Rossi, a Roberto Méndez, ex secretario de Gobierno; y a la contadora municipal María Inés Martínez) y César Jaime (Zenón Ortíz, responsable técnico del Programa Más Cerca); y el fiscal Facundo Barbosa.
La defensa como prueba, anexó la denuncia ante el jury que formuló contra el fiscal -aunque aclaró que no es causal para la recusación ya que la denuncia no fue admitida aún- y una nota cursada por la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial al Colegio de la Abogacía en el que reprocha la actitud de varios abogados, entre los que se lo incluye, contra los jueces y fiscales.
En el inicio de su planteo, la defensa sostuvo: «Esta es una causa que tiene ocho años y medio. Está basada en un plan de obra que se hizo entre 2014 y 2015. Hablamos del plan Más Cerca, que estaba desde 2008 en la provincia. En este caso era una obra que significó 20 millones de pesos. Lo digo con orgullo: esta obra tiene una sobre ejecución del 26%».
A su tiempo, el fiscal Barbosa solicitó se rechace la recusación contra Piérola. Fundamentó que el Tribunal no tiene competencia para tratar este tipo de planteos y destacó que la prueba ofrecida no tiene asidero en el caso. «Las recusación dirigidas a integrantes del Ministerio Público Fiscal deben ser sustanciadas ante el fiscal Coordinador o ante el Procurador General. Entiendo que aparece el primer obstáculo que obtura el camino del planteo recusatorio. Se recusó ante un órgano que no resulta competente para intervenir en este tipo de procedimientos», señaló.
En segundo término, dijo que «la única causa legal en el planteo recusatorio llevado a cabo se dirige a la aplicación del artículo 60 del Código Procesal Penal, el cual nos señala que para que sea procedente una recusación, la denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento de quien pretende recusar debe ser admitida. En este caso, no se observa apertura de caso».
Por último, el abogado defensor César Jaime reclamó que sea el fiscal Piérola quien se defienda de las acusaciones. «No podemos dejar en manos del Dr. Barbosa esta cuestión sobre la falta de objetividad, la familiaridad con funcionarios políticos y la mesa judicial que se denunció. Se lo debe escuchar a Piérola y esta defensa tampoco se quiere aprovechar de esta situación».
Tras oír a las partes, el Tribunal dispuso un cuarto intermedio para analizar las posturas y dar su resolución. Luego de que se resuelva esta discusión, se deberá avanzar con el juicio oral y público.