Los radicales votaron el dictamen en general pero mantuvieron una disidencia parcial en el artículo 3º referido a la integración de los dos legisladores.
El bloque radical sostuvo hasta el final que la ley debía especificar que uno de los dos legisladores represente a la minoría en la Legislatura y que no sea sólo el oficialismo el que designe sus miembros en el cuerpo.
El titular de la bancada opositora, Marcelo López expresó que “en la práctica lo que sucederá es que los dos legisladores que integren el Jurado de Enjuiciamiento serán del partido de gobierno; nosotros quisimos lograr el mayor equilibrio posible en un espacio que debe ser independiente para limitar al máximo los posibles condicionamientos del poder de turno”.
Marcelo López sostuvo que “aún con las disidencias que nos impidieron votar el artículo 3º, el texto que hoy recibió media sanción así como el Consejo de la Magistratura son grandes avances para la institucionalidad entrerriana, pues son institutos que pretenden generar condiciones para una mejor y más independiente justicia”. A excepción de este punto, todas las observaciones y modificaciones impulsadas por el bloque de la UCR se incorporaron a la redacción que hoy recibió media sanción en Diputados.
López expresó que “tal como observamos en ocasión de la discusión del Consejo de la Magistratura, en este caso logramos que el texto respete lo estipulado por la Constitución en cuanto a la referencia a las organizaciones sociales, y que se desestime la enunciación propuesta por el proyecto oficialista que incluía además profesionales y/o sindicatos. En el debate en comisiones expusimos que este error de redacción incorporaba estamentos ajenos a la redacción constitucional desequilibrando la integración del cuerpo, lo que fue aceptado el pleno de las comisiones”.
El proyecto de ley que elaboró inicialmente la UCR contribuyó en distintos aspectos en la redacción definitiva del dictamen, así es como en el texto con media sanción los fiscales adjuntos también son definidos como sujetos pasibles de enjuiciamiento; los dos magistrados propuestos por el Colegio de Abogados serán elegidos por voto directo; además quien lleve el registro de las organizaciones sociales no será el Superior Tribunal de Justicia, sino el Secretario de Justicia de la provincia.
Una de las modificaciones más significativas que incorporaron los radicales tiene que ver con la mayoría necesaria para tomar resoluciones, que debe cumplir el umbral de dos miembros sobre un total de tres, en el caso del Tribunal de Investigación Preparatoria; y cuatro miembros sobre seis para el Tribunal de Juicio; esta propuesta responde a la necesidad de que se construyan consensos y puedan arribarse a decisiones más sólidas.
Asimismo, promovieron que la ley incorpore otras modificaciones como la reducción de plazos para dar celeridad al trámite y el listado de nuevas causales de juicio, entre las que se cuenta el incumplimiento de la Ley de Ética Pública.
En consonancia con lo planteado por representantes del Superior Tribunal de Justicia en una de las reuniones mantenidas, se introdujeron cambios sustantivos que inciden en que el sistema de enjuiciamiento se transforme de inquisitorio en acusatorio para acortar las posibilidades de declaración de nulidad del proceso por prejuzgamiento.
