«Al empleado que trabaje se lo tiene que convocar libremente y se le debe pagar la hora extra al 100 por ciento», informó el Secretario General del Sindicato de Empleados de Comercio, Daniel Ruberto.
La Ley Nacional 26.541 instituye el día del empleado de comercio el 26 de septiembre y la provincia de Entre Ríos sancionó la Ley 10.159 que equipara los derechos nacionales de los empleados de comercio.
“Para los empleados de comercio en relación de dependencia el 26 de septiembre es un feriado nacional, por lo tanto no hay obligación de prestar labor ese día”, aseguró Ruberto.
El Secretario informó que cadenas como Carrefour, Wall Mart, Plaza Vea, el centro comercial e industrial de Paraná y algunos minimercados ya han firmado un acuerdo con el sindicato y la Dirección Provincial del Trabajo y cerrarán sus puertas mañana.
Ruberto explicó: “El día del empleado municipal, del judicial, del maestro, etc. esos trabajadores no brindan sus labores, de la misma forma se lo merece el empleado de comercio”.
Por último, el Secretario indicó que el Ministerio de Trabajo brindará dos inspectores que controlarán que los empleados que estén trabajando lo hayan hecho porque fueron convocados libremente. Si hace es, se le debe pagar la hora extra al 100 por ciento y se le debe otorgar el franco compensatorio.
