Ahora se espera que la Corte defina.
La jueza federal también suspendió la aplicación de las reformas impulsadas por el Gobierno Nacional.
La jueza federal con competencia electoral, María Servini de Cubría, declaró en la noche de este martes inconstitucional las reformas del Consejo de la Magistratura aprobadas por ley e impulsadas por el Gobierno. Ahora será la Corte Suprema la que deberá decidir sobre la cuestión.
Después de una semana de licencia, la jueza retomó su labor y analizó los amparos radicados en su juzgado para frenar la aplicación de las modificaciones al organismo y los argumentos elevados por el Poder Ejecutivo.
La magistrada falló sobre dos amparos del presidente del Colegio Público de Abogados, Jorge Rizzo, y del Partido Demócrata Cristiano, y es el primer fallo que resuelve sobre el fondo de la ley.
Además de suspender la aplicación de la ley que convoca a elecciones populares de los abogados, jueces y académicos que se postulen para integrar la el Consejo de la Magistratura y que amplía la cantidad de sus integrantes, Servini de Cubría consideró inconstitucional la ley votada por el Congreso.
Finalizando los considerandos del fallo la magistrada sostuvo que «Las normas que han sido materia de análisis, resultan violatoria del principio de división de poderes por afectar, tanto la independencia e imparcialidad de los miembros del Consejo de la Magistratura que fueran electos bajo su imperio, como así también el equilibro que debe regir el funcionamiento de dicho cuerpo, lo que las transforma en normas contrarias a la forma republicana de gobierno adoptada en el art. 1 de la Constitución Nacional, y al deber de ‘afianzar la justicia’ que nos legaran los constituyentes de 1853 en el preámbulo de la Ley Suprema».
Ahora el futuro de la reforma del Consejo depende de la Corte Suprema. Su intervención puede ser pedida por el Ejecutivo a través de un recurso de per saltum o el propio Tribunal puede intervenir si considera que la definición es de «gravedad institucional».
Este lunes, el Ejecutivo ratificó que las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se realizarán el 11 de agosto próximo, más allá de la decisión que pueda tomar la Justicia sobre la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura.
Al mismo tiempo, numerosas presentaciones ante distintos juzgados fueron tenidas en cuenta para declarar la suspensión de la aplicación de la ley, aunque el fallo de Servini de Cubría es el primero que se expide sobre el fondo de la cuestión.
En concreto, Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 del Consejo de la Magistratura y del decreto 577/13 que convoca a elección de consejeros, abogados, jueces y académicos.
«Dejar sin efecto jurídico la convocatoria electoral prevista para la elección de miembros del Consejo de la Magistratura», resaltó el dictamen.
Lógicamente, el fallo de Servini de Cubría es apelable, por lo que en las próximas horas se espera que el gobierno nacional interponga el respectivo recurso.
