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La Corte Suprema declaró la constitucionalidad.

29 octubre, 201331
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Ley de Medios

Votaron a favor: Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi, Carlos Maqueda, Carmen Argibay y Elena Highton de Nolasco.

La Corte Suprema ya falló, la decisión del máximo tribunal argentino fue a favor de la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Audiovisuales, luego de un extenso litigio que comenzó en octubre de 2009 cuando el proyecto fue aprobado en el Senado por 146 votos afirmativos, tres en contra y otras tres abstenciones.

Es clave el aval al artículo 161 de la ley que es el que establece a los medios que superan las licencias permitidas por la norma, la obligación de adecuarse a partir de un proceso de desinversión para el cual la legislación otorga un plazo de un año que, según ya dijo la Corte en dos fallos, está cumplido.

La Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal había declarado en abril pasado la constitucionalidad de los artículos 161 y el 41 de la Ley de Medios, al mismo tiempo que había establecido la inconstitucionalidad del tope de licencias de canales de cable fijado en el artículo 45 y el artículo 48 referido a «concentración indebida», declarándolo inaplicable para el grupo Clarín, resguardando así al multimedios.

En su momento, tanto el Estado y la AFSCA por un lado, y por otro el grupo Clarín y Cablevisión apelaron la parte de los fallos que lo afectaban e interpusieron recurso extraordinario ante la misma sala de la Cámara, que declaró admisibles los mismos para que la Corte pueda pronunciarse.

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