Lo determinó el juez Correccional
Se conoció esta mañana la sentencia del magistrado de Nogoyà, Ramos, que tuvo al ex senador concordiense del PJ como autor del delito de usurpación en perjuicio del Estado Provincial.
El ex senador justicialista y concordiense Mario Yedro fue sentenciado por el juzgado correccional de Nogoyá, a cargo de Miguel Ramos, a la pena de 4 años y 6 meses de prisión efectiva por el delito de usurpación, que si bien tiene un máximo de 3 años, el magistrado, en uso de sus facultades, acumuló 3 años de una condena anterior por el delito de enriquecimiento ilícito que tuvo lugar en Concordia.
El fiscal de la causa, Tortul, habia pedido 5 años de prisión efectiva por entender que Yedro era el autor responsable del delito de usurpación por desalojo cometido en perjuicio de la provincia.
En el juicio, Yedro, prestó declaración indagatoria e invocó una autorización verbal de parte del fiscal de Estado para permanecer en dichos predios. Su defensor Claudio Manfrini, refirió que existieron actitudes del gobierno provincial que, tácitamente, admitían la continuidad de Yedro al frente de la explotación de los campos de Tala.
Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal representado por Agustín Giannini (de Nogoyá) y Dardo Tortul (fiscal General, coordinador de las jurisdicciones de Gualeguay, Nogoyá y Victoria), consideraron todo lo contrario. Aseguraron que del expediente tramitado en el Juzgado de Transición de Rosario del Tala por requerimiento del fiscal Samuel Roskin, surgió que “existe una voluntad expresa y contundente en contrario de parte del Estado provincial a la permanencia de Yedro en los predios decomisados” y pidieron que “se haga efectiva la sentencia de cámara”. Asimismo, en su declaración prestada en forma escrita, Rodríguez Signes negó enfáticamente que se haya celebrado acuerdo alguno con la firma Del Rubio y Husmendi, de la cual Yedro es socio gerente.
En el momento de los alegatos, la Fiscalía habia solicitado, por el delito de Usurpación por Despojo mediante abuso de confianza, tres años de prisión efectiva que es la pena máxima prevista para ese delito, peticionando, asimismo, que se revoque la condicionalidad de la sentencia anterior de la Cámara de Concordia y se lo condene a la pena única de cinco años de prisión a cumplir en forma efectiva, con más sus accesorias y costas.
Para fundar lo solicitado, el Ministerio Publico Fiscal, hizo hincapié en que Yedro, por su condición de abogado, debió conocer el significado de las sentencias dictadas y su firmeza. También remarcaron que “existe una expectativa de la comunidad en que se cumplan las sentencias judiciales”. Además de señalar la expectativa social de que se cumplan los fallos para quienes alguna vez estuvieron en ejercicio de la función pública o en la militancia política, el cumplimiento es “una forma de conducta acorde a las decisiones judiciales”. “Ello reafirma la división de poderes”, agregaron.
Ahora Yedro tiene 10 días para ir en Casación, oportunidad para solicitar, en última instancia provincial, su absolución.
La sentencia, cuya lectura se realizó esta mañana, en su parte resolutiva dispone “declarar que Mario Alberto Yedro es responsable de hecho constitutivo del delito de usurpación cometido en perjuicio del Estado Provincial, según se le atribuye en autos, y en consecuencia condenarlo a la pena única (comprensiva de las dos) de 4 años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales, comprensiva de la impuesta en la sentencia Nº 93 de la Sala penal de Concordia, el 16 diciembre de 2005, cuya condicionalidad se revoca”.
