Por 72 votos se impuso Benedetti
La mesa directiva del Comité Provincial, autorizó al Presidente y Vicepresidente del Congreso provincial a constituir alianzas electorales con otros partidos políticos.
Los congresales radicales se reunieron este sábado en la Escuela 1 «José María Texier», de San Salvador.
El Congreso inició pasadas las 12:00, cuando se constituyó la mesa de conducción, encabezada por el nuevo presidente del cuerpo, Luis Kirpach, y la presencia de 381 congresales.
Luego de la toma de asistencias, se iniciaron los discursos, muchos de ellos muy subidos de tono, con disgustos y gran malestar entre los sectores, algo parecido al cónclave nacional ocurrido hace pocas semanas donde se aprobó un acuerdo con el macrismo.
Dos fueron las opciones puestas a consideración de los congresales, la de la corriente “Illia”, que lidera Atilio Benedetti y la del sector que encabeza Fabián Rogel, la primera ratificando la acordado en la Convención Nacional celebrada en Gualeguaychú, y la segunda refiriéndose solamente a un acuerdo amplio.
La primera opción, que se impuso, dispone:
“Artículo 1°: Adherir en todos sus términos a la resolución emanada de la Honorable Convención Nacional, realizada en Gualeguaychú que define los lineamientos fundamentales del programa de gobierno, los acuerdos políticos programáticos y la política de alianzas nacionales de la UCR”.
“Artículo 2°: Instruir a la mesa directiva del Comité Provincial y a la mesa del Congreso provincial para que amplíe los acuerdos políticos programáticos provinciales con el objeto de construir una alternativa electoral competitiva en Entre Ríos, para producir la necesaria alternanza en el Gobierno. Los acuerdo deberán concretarse para competir en las próximas elecciones generales del presente año, observando las normas vigentes en la constitución provincial y en las leyes electorales”
“Artículo 3°: A fin de instrumentar los artículos 1° y 2° se delega y autoriza a la mesa directica del Comité Provincial, al Presidente y Vicepresidente del Congreso provincial a constituir alianzas electorales con otros partidos políticos sobre la base del compromiso de gobierno 2015-2019 de la UCR de Entre Ríos consistentes en diez puntos programáticos y sus fundamentos que se aprueban por la presente y que se anexan”
“Artículo 4°: “Garantizar a todos los afiliados de la UCR de Ender Ríos en el caso de la conformación de un Frente o Alianza electoral, la posibilidad de participar como precandidatos sin trabas de ninguna naturaleza en el marco de las elecciones primarias, abiertas y simultaneas y obligatorias del corriente año”.
“Artículo 5°: Para garantizar la mayor competitividad posible en los departamentos, municipios y juntas de gobierno de la Provincia, la mesa directiva del Comité Provincial y la mesa del Congreso provincial contemplaran las condiciones políticas locales y podrá autorizar la incorporación en la categoría a los cargos mencionados de otros partidos y/o candidatos que no integren la coalición provincial suscripta”
“Artículo 6° Exigir al Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, que, de acuerdo a sus atribuciones fije de manera urgente el cronograma electoral respecto a la próxima renovación de autoridades provinciales y municipales a los efectos de otorgar certeza a las fuerzas políticas que actúan en el territorio provincial”.
Por su parte, la segunda posición sometida a consideración determinaba:
“Artículo 1°: Conformar mediante una voluntad de alianza un frente electoral que perita integrar a todos los partidos políticos de la oposición de la Provincia de Entre Ríos, como así también aquellas posiciones que así lo desean”.
“Artículo 2°: Facultar a la mesa del Congreso Partidario y a la mesa del comité Provincial y a un representante de cada uno de los sectores internos a fin de avanzar en las conversaciones que permitan delinear el marco de acuerdos programáticos políticos por distintos partidos y sectores que quieran integran este gran frente electoral”.
“Artículo 3°: Cada uno de los departamentos y/o las ciudades podrán conformar el frente electoral y/o alianza que indique su realidad partidaria local y conforme al procedimiento que nuestra carta orgánica partidaria prevé para estos casos”.
“Artículo 4°: Los acuerdos políticos a suscribir que evidentemente potencian nuestros servicio electoral en todo el territorio provincial, una vez aprobado por las distintas jurisdicciones se presentaran a nuestro próximo congreso y a falta de este o manifestación en contraria o de no existir tiempo material para organizar, se darán por aprobados a efectos de su trámite legal para presentar a la autoridad electoral correspondiente”.
“Artículo 5°: Exigir al gobierno provincial que a la brevedad envié a la legislatura un proyecto de ley estableciendo con claridad y certeza la fecha de las elecciones en la provincia de Entre Ríos y el instrumento jurídico electoral con el cual se va a votar”.
