A su vez, la convencional también declaró que «incorporar el Consejo de la Magistratura en la Constitución nos asegura un poder judicial idóneo para la provincia”.
«En cuanto a la revocatoria de poderes, si el gobernante promete hacer 5 puentes y hace uno solo, no es motivo de revocatoria, debe tratarse de un incumplimiento grave de lo que se prometió en la plataforma electoral. El sentido de la letra constitucional es que si alguien asume y hace exactamente lo contrario de lo que prometió en su plataforma, eso es motivo de revocatoria de poderes. Por ejemplo, si en la plataforma dice que no va a echar empleados de la administración pública y llega al gobierno y hace lo contrario, se lo puede revocar”.
“Esto nos llama a una gran responsabilidad a la hora de elaborar la plataforma electoral. Habrá que analizar muy bien qué cosas se pueden cumplir y no un catálogo de promesas. Visto desde otro punto de vista, la legislatura se va a tener que tomar un tiempo para reglamentar qué incumbe a la elaboración de la plataforma”.
La Convencional también habló del rol del Consejo de la Magistratura: «esta institución fue sancionada por decreto al comienzo del tercer mandato de Jorge Busti en 2003, y desde allí viene funcionando muy bien, por lo cual uno de los objetivos de la reforma fue darle constitucionalidad. Esto va a asegurar que todos los que aspiren a cubrir un rango en el poder judicial pasen por este consejo y rindan un examen de idoneidad. Después de este proceso el Consejo eleva una terna de nombres al Poder Ejecutivo. Este ejerce su facultad política y eleva al primero de la terna, y el Senado tiene la facultad de aprobar o desaprobar a esa persona”.
“Haber incorporado ese instituto nos asegura como provincia un Poder Judicial muy idóneo, ya que cuando se llega a cubrir un puesto en este poder, se tiene la seguridad de que la persona tiene vocación para ello”.
«Nos pareció que el Consejo, que es un órgano de selección para el ingreso a la justicia, no podía tener los mismos actores políticos que aquellos que tiene al momento de la remoción, porque el jurado de enjuiciamiento es siempre con miembros del Superior Tribunal de Justicia y legisladores, por esto creemos que el números de diputados allí debe ser mínimo al momento de selección”, declaró la Dra Romero, Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Paraná.
