“Martínez está facultado para todos los actos de la institución gremial”
“Si bien no es una competencia del municipio la vida de las entidades gremiales, vamos a estar a disponibles para que pueda cumplir el objetivo que le ha encomendado el Ministerio de Trabajo de la Nación”.
“Es una resolución emitida el 23 de abril por el ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada, en el cual, fruto de un expediente administrativo donde existían cuestionamientos al proceso eleccionario de renovación de autoridades del sindicato”.
“A raíz de de esto, que tenía que ver con el cupo femenino, los plazos relativos al proceso electoral, que impidió el armado de listas opositoras, y otros incumplimientos de la normativa de entidades gremiales, determinaron esta resolución donde se les denegó la emisión del certificado de autoridades”
“Este primer acto administrativo es recurrido por las autoridades de la entidad gremial, a través de un recurso de reconsideración, interpuesto por Hugo Vásquez y María de los Ángeles Parizzia, que fue rechazado por el Ministerio de Trabajo de la Nación y se produce el estado de acefalía de autoridades”.
“En función de las facultades que tiene el Ministerio de Trabajo, con la ley de asociaciones sindicales, permite la designación de un delegado normalizador. Se designó a Juan José Martínez y este delegado va a tener facultades administrativas y ejecutivas de los órganos de conducción de la entidad”.
“El Ministerio le establece plazos al delegado normalizador. Tiene 15 días informar sobre el estado económico y financiero en que se encuentra la entidad y luego un plazo de 90 días para regularizar la situación institucional del sindicato, para ejecutar los actos relacionados con la celebración de comicios generales para la designación de autoridades. Esto es lo que le encomienda el Ministerio de Trabajo de la Nación al delegado nomalizador”
“La diferencia entre un delegado normalizador y un interventor es que el último es designado a través de un proceso judicial. Esta situación es directamente una determinación del Ministerio de Trabajo, es una resolución administrativa”.
“Este delegado normalizador es una facultad que tiene el Ministerio de Trabajo establecida en la ley de asociaciones profesionales”.
“No soy un especialista en derecho laboral ni sindical pero para una intervención se requiere darle vista al juez y darle participación e intervención en la entidad gremial afectada, pero en este caso se trataría de otra figura que está entre las herramientas que tiene el Ministerio de Trabajo de la Nación para ejercer como autoridad de aplicación de este tipo de autoridades”.
“La finalidad es cumplir con el objetivo de regularizar las autoridades a través de un proceso electoral y si existiera necesidad de un mayor plazo, habría que ver si está debidamente fundado, pero se podría extender el plazo. Pero eso lo determina el Ministerio de Trabajo de la Nación en función del trabajo del delegado normalizador”.
“Desde el municipio vamos a tratar de colaborar en la función que realice el delegado. No queremos tener ningún tipo de ingerencia en la vida de la entidad gremial pero todo lo que sea para colaborar en el objetivo del nuevo delegado, el municipio va a estar a disposición para colaborar”.
“Si bien no es una competencia del municipio la vida de las entidades gremiales, vamos a estar a disponibles para que pueda cumplir el objetivo que le ha encomendado el Ministerio de Trabajo de la Nación”.
“Independientemente de la cuestión política, nos interesa colaborar con su función y que los gremios que ejercen la representación de los trabajadores municipales puedan estar constituidos en legal forma. Si podemos aportar a esta cuestión, sin ingerencia en la vida del sindicato, esa será nuestra actitud”.
“En este momento se está discutiendo la constitución de un Tribunal de Disciplina Municipal, esperemos que haya el consenso para que las reformas promovidas oportunamente puedan llegar a plasmarse para que esta herramienta que tiene el estado municipal para sancionar a los agentes que no cumplen con las obligaciones establecidas por la normativa vigente puedan llegar a operativizarse, porque de lo contrario no hay sanciones para quienes incumplen”.
“Queremos plasmar esta herramienta que la tienen todos los Estados para controlar y sancionar las inconductas de los agente que no cumplen en debida forma su prestación de servicios y que incumplen la normativa municipal”.
“Hoy quien representa al gremio es el delegado normalizador. Él representa a la entidad gremial y por ende está facultado para todos los actos relacionados con la institución gremial. Él podría designar un delegado para que integre el tribunal de disciplina pero habría que ver cómo se desarrolla esta cuestión”.
