A raíz del Caso Fornerón
Proponen la modificación del artículo 139 bis del Código Penal de la Nación para penar la venta de bebés y a quienes participan en ella.
El diputado nacional Fabián Rogel presentó hoy un proyecto de ley por el cual se modifica el artículo 139 bis del Código Penal de la Nación, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Se impondrá prisión de dos a seis años, al que, eludiendo los procedimientos legales correspondientes, entregare un menor de edad, a cambio de una contraprestación económica o cualquier otra, sea cual fuere su forma o fin, afectando su identidad. Idéntica pena se aplicará a quien reciba al menor de edad”.
El legislador entrerriano contó con la adhesión para este proyecto de la diputada nacional por la provincia de Buenos Aires, María Luisa Storani. “Con este proyecto se da cumplimiento a lo resuelto por la Corte interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que el 27 de abril dictó, en el Caso Fornerón e hijas c/ Argentina, un fallo en el cual sancionó a la Argentina por los errores de procedimientos que tuvo en el trámite ilegal de entrega de una niña de la ciudad de Victoria, llamada Milagros, a quien su madre entregó en guarda -ante al Defensor de Menores de Victoria- a un matrimonio residente en la Capital Federal”, indicó el diputado radical.
Rogel recordó que el padre de la niña, Leonardo Fornerón, después de 12 años, logró este fallo ante la CIDH. “La Corte decidió reestablecer los vínculos que se habían roto durante estos 12 años, puesto que Fornerón sólo había logrado una entrevista de 45 minutos con su hija, en el año 2005, en un hotel que eligió el matrimonio que la tenía en guarda. Todo el tiempo transcurrido fue utilizado en contra de Fornerón para establecer que la niña no podía reestablecerse a su padre biológico, puesto que se había formado un vínculo muy fuerte entre la niña y la familia en guarda. Es decir, los padecimientos del padre habían sido utilizados en contra de él”, remarcó.
El legislador entrerriano entendió que con este proyecto “cumplimos con el fallo ordenado por la CIDH, que decidió además de reestablecer el vínculo, investigar a los funcionarios que intervinieron en el caso, y establecer sumas importantes por indemnización; y además ordenó que el Estado debe adoptar las reformas necesarias para terminar con la venta de niños”.
En el tercer artículo del proyecto de Rogel se señala:
“Será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años, el que facilitare, promoviere o de cualquier modo intermediare en la perpetración de los delitos comprendidos en este Capítulo, haya mediado o no precio o promesa remuneratoria o ejercido amenaza o abuso de autoridad”.
“Esto también -sostuvo el legislador- es para que nadie de la cadena quede exento de las sanciones correspondientes”.
Por último se sostiene que “Incurrirán en las penas establecidas en el párrafo anterior y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, el profesional, funcionario o empleado, que cometa alguna de las conductas previstas en este Capítulo”.
Finalmente Rogel indicó: “El aporte que hemos querido hacer al proyecto de adopción presentado por la diputada Storani, que oportunamente acompañé, es que penando claramente la venta de bebés estamos cerrando una manera de debilitar la institución de la adopción; o dicho de otra forma, estamos fortaleciendo a la adopción como una institución jurídica, de orden público y de interés social que tiene por objeto amparar el derecho de niños, niñas y adolescentes, tal como lo sostiene en su primer articulo el proyecto de Storani”.
