«No es un delito, es un cambio de política»
El ex magistrado de la CSJN defendió a la ex presidenta y acusó al actual mandatario por la causa que la tiene como imputada.
“Cristina no fue infiel, se la cita por un artículo del Código Penal. Textualmente, el inciso 7 del Artículo 173 dice que ´por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero, un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes, perjudicar los intereses confiados u obligar abusivamente al titular de ello´”.
“Este delito no estaba previsto en nuestro Código Penal original, estaba introducido a través de una ley de 1968, un proyecto elaborado por Sebastián Soler, Carlos Fontán Balestra y Eduardo Aguirre Obarrio; fue hecho ley por Onganía y entró en vigencia al año siguiente”.
“A esto lo copian de Alemania. Allá, la palabra fidelidad tiene un sonido raro, se refiere a la base de todo el derecho nazi, a la fidelidad de la comunidad del pueblo. El delito se llama infidelidad”.
“Al introducir este delito, que es traído del Código Alemán, nuestra doctrina lo llama administración fraudulenta. En síntesis, el que tiene al cuidado bienes ajenos con la intención de perjudicar, causar daños, beneficiar a un tercero o a sí mismo, perjudica esos intereses”.
“¿Quién fue infiel a la administración? Teníamos una política de control de cambio. Conforme a esa política, era previsible que el dólar esté a 10 pesos, era el cálculo a seguir; no era previsible que el dólar esté a 15 pesos”.
“Cambia la administración y esa política de control de cambio se deja de lado y el dólar se va a 15 pesos; se pasó de John Maynard Keynes a Milton Friedman, lo cual no es un delito, es un cambio de política; pero, de la forma en que se hizo, resultó un notorio daño al Banco Central, que perdió dinero porque el dólar estuvo a 15 pesos como resultado del cambio de política”.
“Si bien el cambio de política no es delito, lo cierto es que la forma en que se hizo causó ese perjuicio, que se podría haber evitado o atenuado, renegociando los contratos a término, anulándolos o bien, dejando el dólar flotante para que fuese neutralizando el daño; nada de eso se hizo”
“Ese daño benefició a los exportadores y a los compradores de dólares a términos, que son los bancos. La infidelidad administrativa no la causó Cristina, la causó Macri, esa es la situación procesal”.
