Amparo que sentó precedente
Luego de las denuncias de persecución, irregularidades en la contratación y supresión arbitraria de las horas cátedras, el máximo tribunal entrerriano falló contra la institución.
La UADER nuevamente pasó por el ojo de la tormenta por un escándalo proveniente de la decana de la facultad de ciencias de la gestión, Liliana Battauz, pero en esta oportunidad las secuelas causaron escozor en la Universidad y en la Facultad de Ciencias de la Gestión.
A principio de este mes, este Portal se hacía eco de varias denuncias de trabajadores
de la universidad que daban cuenta de persecuciones, irregularidades en la contratación y supresión arbitraria de las horas cátedras, las cuales motivaron que uno de sus agentes se presente en la Justicia a través de una Acción de Amparo.
Según se comentó en los mentideros de la UADER en aquella oportunidad, la decana Liliana Battauz, de manera ilegítima y arbitraria, habría decidido eliminar las horas cátedra de uno de los agentes que se desempeñaba en la institución, en un proceder autoritario que se dice en los pasillos que es común en la docente.
Según la denuncia que llegó a este medio, mediante el amparo, el agente afectado, habría solicitado que le devolvieran las horas cátedras cesadas demandando a la Universidad, a la Facultad y a la Decana.
Más allá de las intenciones de la decana Battauz de «bajar las horas» a Volpe, lo que no estuvo en tela de juicio en ningún momento en el litigio, lo concreto es que la justicia entrerriana, pasando por tres juezas distintas en feria en primera instancia, falló a favor del trabajador de la facultad, disponiendo no solo la restitución de las horas cátedras sino también la devolución de los haberes que ya le habían descontado al afectado.
Una sentencia que tenía un plazo de cumplimiento (72 horas), pero que ninguno de los demandados –hasta la fecha- cumplió, obligando al agente a activar nuevamente el aparato judicial a través de una ejecución de sentencia.
No contentos con eso, los demandados, apelaron la sentencia que le daba la razón al trabajador, algo que estaba en manos del máximo tribunal entrerriano resolver.
No hay que olvidarse que el Superior Tribunal de Justicia recientemente, con los pedidos de juicio político, atravesó, como la califican varios, la peor crisis institucional desde 1822 cuando se dictó el Estatuto Provisorio, considerado el primer antecedente constitucional sobre creación del Poder Judicial.
Más allá de esto, finalmente la sala penal y de procedimientos constitucionales STJ, con el voto dividido a favor de los Dres. Daniel Carubia y German Carlomagno y en disidencia de la Dra. Claudia Mizawak, algo que si bien no sorprendió a los amparistas que preveían esta situación ya que la misma es docente titular de la catedra de derecho en una de las facultades de UADER, no alcanzó, quedando culminando el litigio con el rechazo del recurso interpuesto y con la confirmación de la sentencia a favor del trabajador.
Un fallo que, aunque aún no se conocen los fundamentos, ya sentó precedente determinándose que “la conducta –de la decana- es arbitraria y en grosera contradicción con la normativa legal y constitucional,” y que “no queda margen de dudas de que este tenía un derecho adquirido a tales horas hasta la fecha límite resuelta, salvo disposición en contrario de la Comisión mencionada”.
