Se probó el ilícito, pero llamativamente el fiscal Labriola desestima la denuncia.

¿El Procurador García avalará el extraño criterio del agente fiscal?

Otra decisión que acrecienta el descredito de la Justicia en actos de corrupción.

Una extraña decisión de un fiscal en la comisión de un delito beneficiando a los sindicados como responsables en actos de corrupción por parte del poder político, lamentablemente, parece ser ya la moneda corriente en nuestra provincia.

Hace unos días se daba a conocer desde un sector de la cámara baja provincial, la gran preocupación por parte de los mismos por la utilización de la figura del juicio abreviado para resolver causas que involucran a quienes han tenido altas responsabilidades públicas.

«Queremos señalar nuestra preocupación por lo que entendemos, siendo prudentes, un atajo burocrático que no permite echar luz sobre graves acusaciones de delitos en perjuicio de la administración pública y, de hecho, garantizar impunidad», sostenía el comunicado emitido.

Un cuestionamiento que indudablemente fue dirigido al Ministerio Publico Fiscal, órgano encargado de llevar adelante la acusación de los funcionarios públicos o particulares que se benefician ilícitamente con la función pública.

Los hechos de corrupción sobran, en el último tiempo se pueden citar cientos de ejemplos de ex funcionarios, o lo que es peor, actuales funcionarios, involucrados en peculado, enriquecimiento ilícito, incumplimiento de los deberes, falsedad documental, en fin, una lista que comprende cuarto código penal.

Y si los hechos de corrupción sobra, la sensación en la sociedad -avalada en la mayoría de los casos por decisiones incomprensibles en cuanto a su liviandad por parte de la fiscalía y los juzgados penales- y la realidad indica que las condenan faltan.

Una sociedad en donde es notorio el nivel de hartazgo al que ha llegado con la corrupción muchas veces encapsulada en las distintas esferas gubernamentales. Hechos graves que hasta le han valido a varios sectores del poder político de la imposibilidad de ganar una elección y a otros de presentarse nuevamente, porque si algo hoy define una elección es el voto contra la corrupción.

Y la Justicia no escapa de este nivel de descredito o descreimiento social. Medidas como la “probation”, los juicios abreviados con penas irrisorias en su mayoría de los casos sin prisión efectiva, o lo que es peor, el desistimiento de denuncias graves por el daño que acarrean generalmente atadas al desinterés en la investigación por parte de algún fiscal, agravan el difícil panorama al que se enfrenta nuestra comunidad.

Según se conoció extrajudicialmente, el agente Fiscal Gervasio Labriola, recientemente adoptó una resolución que, por su extraño criterio, dista de aminorar o mejorar en algo la percepción que la sociedad actualmente mantiene con respecto a la Justicia.

El ilícito denunciado fue el de usurpación de título, el cual está previsto en artículo 247 del Código Penal el cual establece “Será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente”.

Como se ve el delito se configura cuando no se tiene título profesional o una autorización correspondiente, esta última, otorgada por los respectivos colegios profesionales.

La denuncia en la que intervino Labriola se realizó luego que se sospechara de que quien había realizado los informes ambientales que avalaron la autorización de las obras del loteo del Acceso Norte no estaba matriculado en la Provincia.

Se trata de Ricardo Ruiz, un ingeniero de Santa Fe, el cual aparece, tanto en el Expediente Municipal como en constancias del juicio que se desarrolló para frenar la obra por las severas inundaciones y anegamientos que provocará en la zona, como autor de dichos informes.

Un Ruiz que, asimismo, actualmente funcionario público del gobernador santafesino Miguel Lifschitz, siendo el subsecretario de planificación del ministerio de infraestructura y trasporte de dicha provincia y que al momento de suscribir el informe formaba parte de la Secretaría de Obras Públicas y Recursos Hídricos del Municipio santafesino, cualidades que agravan el hecho.

La investigación penal, en principio era breve y simple, había que constatar si dicho profesional estaba habilitado para ejercer en la provincia, un simple oficio dirigido al Colegio de Ingenieros de Entre Ríos para que dicho organismo informe si estaba matriculado al momento de suscribir el informe ambiental.

Algo que efectivamente sucedió, respondiendo el organismo profesional, lo que las sospechas manifestaban: Ricardo Ruiz no estuvo ni esta matriculado en Entre Ríos.

Sin embargo, y fuera de todo pronóstico, llamativamente el fiscal Labriola, a pesar de haber constatado el principio de ilicitud, desestimó la denuncia penal por entender que no existía ilícito alguno y que tampoco

Sorprende el argumento del fiscal que manifiesta que el Ingeniero en Recursos Hídricos Ricardo D. RUIZ posee la matrícula en Santa Fe, y que como en tal calidad y con tal matrícula firmó y selló todas y cada una de las hojas del Plan de Gestión Ambiental, no se arrogó una calidad habilitante que no posea ni simuló falsamente tener una matrícula en la provincia de Entre Ríos.

Indudablemente es imposible que Ruiz no haya simulado falsamente no tener matricula cuando es de conocimiento general en los profesionales universitarios sujetos a matriculación que sin matrícula en el lugar donde se practica los actos de la profesión no se puede ejercer.

Esta condición inexcusable, no es exclusiva de los ingenieros, todos los profesionales están sujetos al mismo deber impuestos por las leyes que los regulan, amen que el desconocimiento de las leyes no sirve de excusa, mucho menos cuando, como en este caso, el protagonista a su vez reviste la calidad de funcionario público santafesino.

Por otro lado, no solo Ruiz simuló a sabiendas tener matricula sin poseerla, hasta el propio secretario legal del municipio, Walter Rolandelli, manifestó públicamente en una entrevista radial que se necesitaba matrícula para firmar el informe.

Es más, en la pericial de la Dirección de Hidráulica de la Provincia, que llamativamente sostiene que el loteo cuestionado no provocará anegamientos o inundaciones, el perito ingeniero Martin Calvet, no solo manifiesta que Ruiz está matriculado si no que vas más allá y refiere que el informe ambiental esta visado por el Colegio de Ingenieros de la Provincia.

Y si dicho fundamento causa cierto estupor, más lo provoca la el otro argumento del fiscal Labriola que, luego de traer como ejemplo un caso de similares características donde un persona no contaba con la matrícula del Colegio de Psicólogos de Entre Ríos que lo habilite para el ejercicio profesional de la Psicología, y tampoco contaba con el reconocimiento u otorgamiento de la especialidad de Psiquiatría, ejerció actos propios de dichas especialidades, arrogándose además públicamente las calidades de Psicólogo y Psiquiatra que no poseía en recetas.

Una causa, esta última, donde no solo se logró la imputación sino que hasta se procesó al sujeto.

Más allá de distintas las profesiones, en el accionar de Ruiz es el mismo, es decir, con la confección y suscripción del plan de gestión ambiental, ejerció actos propios de la ingeniería sin estar habilitado por el Colegio entrerriano, y, a su vez, se arrogó públicamente las mismas al firmar la documentación que forma parte del expediente administrativo y del judicial.

Un hecho grave, ya que con su accionar fuera de la ley, se autorizaron las obras de un loteo que perjudicara severamente a una gran cantidad de vecinos, como también al ambiente.

Llama la atención que el fiscal no haya tenido en cuenta ninguna de estos parámetros y desestime una grave denuncia contra el funcionario público santafesino y que, en conexo, también se dirigía contra los funcionarios municipales de la gestión de la ex intendenta Blanca Osuna y del actual intendente Sergio Varisco que autorizaron las obras.

Un fiscal que, casualmente, también desestimó la denuncia realizada por la ingeniera que en principio, tanto los propietarios del inmueble donde está emplazado el loteo como la constructora, atribuyeron como autora del informe que ahora aparece realizado por un profesional sin matrícula.

Un fiscal con una incipiente carrera judicial. El sobrino político del diputado José Allende, comenzó a hacerse conocido en ámbitos políticos cuando asumió en 2011 como Coordinador General del Instituto Provincial de Discapacidad (Iprodi); luego, en ese mismo año fue nombrado por el gobierno como titular del Registro Civil provincial, un histórico bastión de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), al dejar su cargo fue designado en la justicia.

Tal ha sido su ascenso que el hoy agente fiscal interino tiene chances de conseguir el visto bueno del Gobernador Gustavo Bordet para ocupar dos de las cinco vocalías vacantes en el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná.

Más allá de esto, lo concreto es que con esta decisión del fiscal Labriola de desestimar la denuncia nuevamente se pone en tela de juicio el accionar de la Justicia en el combate de los actos vinculados con la corrupción.

Una resolución la de Labriola que aún no está firme y que podría ser revisada por la fiscal coordinadora, restando solo saber si el Procurador General de la Provincia, jefe de todos los fiscales, avalará el extraño criterio de su agente fiscal.

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