Carlos Vela ratificó que esto es lo que establece la ley 2988 que está en vigencia para estas elecciones.
“La Ley establece que el mandato del Gobernador vence el 30 de Junio. También especifica que el mandato de cuatro años debe cumplirse”. “Esto último proviene de la Constitución Provincial, pero la misma vuelve a establecer que el Gobernador entrante debe asumir el 1º de Julio”.
“La situación que se da es la de un planteo atípico, el jurado deberá resolver sobre el tema. Si se realiza una presentación exigiendo que esto se cumpla, el Tribunal Electoral deberá decidir al respecto, porque no se puede quitar a nadie el derecho de hacer una presentación de este tipo”.
