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El 9 de noviembre es la nueva fecha de las internas de la UCR de Entre Ríos.

29 septiembre, 200813
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Por Resoluciòn de la Presidente del Comitè Provincial de la Uniòn Cìvica Radical, Raymundo Kisser, se fijò el 9 de noviembre de 2008 como nueva fecha para las elecciones internas convocada para la renovaciòn de autoridades partidaria, venciendo el plazo para oficializaciòn de listas el 13 de octubre pròximo.

Entre los fundamentos de la resoluciòn se mencionan pedidos de Comitès Departamentales «a efectos de viabilizar la obtención de conducciones y representaciones consensuadas e integradas en sus respectivas jurisdicciones», como asì tambièn diversas solicitudes en igual sentido de sectores internos

Entre los considerandos de la Resoluciòn que firma Kisser se expresa que ha tenido en consideraciòn «el sentimiento auscultado en la inmensa mayoría de los afiliados que, en estas instancias decisivas para el Partido, visualizan una contienda electoral interna como un mero conflicto entre dirigentes cuya falta de superación traerá más daños que beneficios a la salud de la Unión Cívica Radical de Entre Ríos», como así tambièn que «esta Presidencia ratifica su disposición para persistir en todos sus esfuerzos, infructuosos hasta el presente, para lograr una conducción provincial y una representación ante el Comité Nacional representativas, integradas y comprometidas, para lo cual es evidente la necesidad de posponer la oficialización de listas que enervaría tal propósito».

El texto completo de la Resoluciòn es el siguiente:

RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL COMITÉ PROVINCIAL

DE LA UNION CIVICA RADICAL – DISTRITO ENTRE RIOS

Paraná, 29 de setiembre de 2008

VISTO:

La convocatoria a Elecciones Internas para renovación de las autoridades partidarias dispuesta por la Resolución N° 39/2008 del Comité Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que, en función del cronograma por ella aprobado, en el día de la fecha vence el plazo para la oficialización de listas;

Que varios Presidentes de Comités Departamentales han manifestado la necesidad de una postergación de este trámite, a efectos de viabilizar la obtención de conducciones y representaciones consensuadas e integradas en sus respectivas jurisdicciones;

Que una mayoría de los actores políticos de la Provincia coinciden, en mayor o menor grado, en la necesidad de una prórroga, aunque con diferencias en cuanto a los alcances de ésta;

Que la inminencia del vencimiento mencionado hace materialmente imposible una reunión del Comité Provincial para resolver al respecto;

Que en consecuencia procede dirimir la cuestión acudiendo a la facultad que otorga el artículo 51° de la Carta Orgánica Provincial;

Que, como ha sido norma de conducta durante todo su mandato, esta Presidencia asume en plenitud sus responsabilidades, aunque ello signifique exponerse no sólo a opiniones diferentes, que admite y respeta, sino también a críticas interesadas y capciosas;

Que para adoptar la mejor decisión posible, se deben tener en cuenta las posiciones resultantes de las compulsas que han podido realizarse, las realidades fácticas del proceso electoral y, fundamentalmente, el sentimiento auscultado en la inmensa mayoría de los afiliados que, en estas instancias decisivas para el Partido, visualizan una contienda electoral interna como un mero conflicto entre dirigentes cuya falta de superación traerá más daños que beneficios a la salud de la Unión Cívica Radical de Entre Ríos;

Que en tal sentido, se entiende imprescindible dar una respuesta positiva a las inquietudes planteadas por las jurisdicciones locales arriba mencionadas;

Que asimismo esta Presidencia ratifica su disposición para persistir en todos sus esfuerzos, infructuosos hasta el presente, para lograr una conducción provincial y una representación ante el Comité Nacional representativas, integradas y comprometidas, para lo cual es evidente la necesidad de posponer la oficialización de listas que enervaría tal propósito;

Que evidenciada, en función de las razones expuestas, la necesidad de una postergación de esta instancia, deben definirse los alcances que revestirá;

Que el corrimiento de la fecha límite para oficializar lista por un término que sea razonable para procurar los fines que lo fundamentan hace imprescindible hacer lo propio con la fecha fijada para la celebración del acto electoral, habida cuenta que, de lo contrario, en los casos en que se presenten dos o más listas, se reduciría inconvenientemente el plazo para que los afiliados conozcan la integración definitiva de aquellas y las ideas y propuestas que las motorizan, en perjuicio de la transparencia de la democracia interna;

Que el primer domingo posterior a la fecha fijada en la convocatoria es el 2 de noviembre de 2008, en cuya víspera está programado el acto central de celebración de los veinticinco años de democracia, organizado por el Comité Departamental de Villaguay con la aprobación y auspicio del Comité Provincial, el que debe ser una fiesta cívica convocante de todos los radicales sin exclusiones para el cual ya se han cursado las invitaciones a toda la Provincia, se han contratado todos los servicios necesarios y comprometido la presencia de autoridades nacionales partidarias, todo lo cual hace imposible su postergación;

Que, siendo obviamente inconveniente la superposición indicada, no resta otro camino que postergar el acto comicial hasta el 9 de noviembre de 2008, difiriendo por un lapso similar todas las instancias previas del cronograma electoral;

Que, adoptando las debidas diligencias, esta fecha no impide la asunción de las nuevas autoridades partidarias al término del mandato de las actualmente en ejercicio;

Que habiéndose completado todo el proceso de exhibición, tachas, observaciones e impugnaciones de los padrones de afiliados, habiéndose cumplido el plazo para la emisión de padrones definitivos y no siendo posible repetir el trámite en el tiempo disponible, corresponde considerar, a los efectos del artículo 28° de la Carta Orgánica, la fecha inicialmente prevista para la realización de las elecciones internas;

Por ello;

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE

EL ARTICULO 51° DE LA CARTA ORGANICA PROVINCIAL

EL PRESIDENTE DEL COMITÉ PROVINCIAL DE LA

UNION CIVICA RADICAL, DISTRITO ENTRE RIOS

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°.- Fijar para el domingo 9 de noviembre de 2008 la realización de las Elecciones Internas convocadas por los artículos 1° y 3° de la Resolución N° 39/2008 del Comité Provincial.

ARTICULO 2°.- Determinar que, a efectos de lo previsto en el Art. 28° de la Carta Orgánica, debe computarse la fecha originalmente prevista para la celebración de las elecciones internas.

ARTICULO 3°.- Efectuar las siguientes modificaciones al Reglamento aprobado como Anexo III de la Resolución N° 39/2008 del Comité Provincial:

a) En el Art. 10°, en lugar de “29 de setiembre de 2008” debe decir “13 de octubre de 2008”

b) En el Art. 15°, en lugar de “1° de octubre de 2008” debe decir “15 de octubre de 2008”

c) En el Art. 16°, en lugar de “2 de octubre de 2008” debe decir “16 de octubre de 2008”

d) En el Art. 18°, en lugar de “6 de octubre de 2008” debe decir “20 de octubre de 2008” y en lugar de “8 de octubre de 2008” debe decir “22 de octubre de 2008”

e) En el Art. 22°, en lugar de “26 de octubre de 2008” debe decir “9 de noviembre de 2008”

f) En el Art. 24°, en lugar de “9 de octubre de 2008” debe decir “23 de octubre de 2008”

g) En el Art. 25°, en lugar de “10 de octubre de 2008” debe decir “24 de octubre de 2008”

h) En el Art. 27°, en lugar de “17 de octubre de 2008” debe decir “31 de octubre de 2008”

i) En el Art. 28°, en lugar de “1° de octubre de 2008” debe decir “15 de octubre de 2008”

j) En el Art. 29°, en lugar de “28 de octubre de 2008” debe decir “11 de noviembre de 2008”

k) En el Art. 30°, en lugar de “26 de octubre de 2008” debe decir “9 de noviembre de 2008” y en lugar de “25 de octubre de 2008” debe decir “8 de noviembr

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