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El gran malestar en la empresa por la condena judicial continúa siendo notorio, y lo más grave, existen sospechas de falseamiento en la información brindada, llamativamente la firma sostiene que Menéndez, Gianello, Ballay y Bechara no perciben sueldos.
Tras dos semanas de reticencia en el cumplimiento de la condena impuesta por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, insólita fue la respuesta de Enersa hacia la amparista.
El viernes pasado, el máximo órgano judicial de la provincia, condenaba a la empresa de energía de Entre Ríos a proveer la información pública respecto de sueldos y viáticos de los funcionarios que conforman el directorio.
La condena se extendía a 23 personas que conforman las autoridades de Enersa, a saber:
Ing. Jorge González – Presidente, Sr. Sergio Menéndez – Vicepresidente, Sr. Guillermo Gianello – Director Titular, Cr. Hugo Ballay – Director Titular, Cr. Horacio Bechara – Director Titular, Ing. Juan Carlos Pimentel – Gerente General, Cr. Mario Quiroga – Sub Gerente General de Gestión y Administración, Ing. Carlos Rocha – Gerente de Área Distribución, Ing. Oscar Bustamante – Gerente de Área Transmisión, Ing. Omar Minigutti – Gerente de Área Comercial, Cr. Carlos Malmierca – Gerente de Área Administración, Finanzas y Logística, Ing. Carlos Fernández – Gerente de Área Relaciones Institucionales, Cr. Carlos Keiner – Gerente de Área Auditoría Interna, Dr. José Laporte – Síndico, Dr. Julio Rodríguez Signes – Síndico, Luis Erbes – Síndico, Lucio Aspillaga – Síndico, Javier Abdala – Síndico, Nélida Visca – Síndico suplente, Pablo Javier Giannini Álvarez ´- Síndico suplente, Sebastián Miguel Trinadori – Síndico suplente, María Cristina Federik – Síndico Suplente y Natalia Panetta – Síndico Suplente”.
La sentencia condenatoria, como también la acción de amparo interpuesta, provocaron una revolución ante la prensa y la opinión pública.
No era para menos, por primera vez se discutía en la Justicia entrerriana la caracterización de los sueldos de los funcionarios y sus viáticos, como información pública pasible de ser accesible para los ciudadanos.
Asimismo, muchos eran -son- los cuestionamientos alrededor de los ingresos de los funcionarios de la empresa de energía, considerándose, en toda la provincia, los más exorbitantes u obscenos del Estado.
La información fue solicitada el 16 de julio, la respuesta de la empresa llegó el 30 de julio, denegando expresamente el pedido a la ciudadana.
Entre los argumentos la firma distribuidora de la energía más cara del país sostuvo que que se trataban de datos personales y que su divulgación atentaba contra el derecho a la intimidad, el honor y la seguridad de los funcionarios públicos requeridos.
Ante la respuesta la ciudadana entendió que se estaba violando su derecho constitucional al acceso a la información pública, encontrando en la acción de amparo el único remedio procesal que lo restablecería.
La primera instancia no fue buena para el derecho de la ciudadanía, tampoco le fue bien con el dictamen del procurador general de la provincia, en ambos casos entendieron que lo pretendido violentaron la intimidad, el honor y la seguridad de los funcionarios.
El STJ lo dio vuelta con los votos de los vocales Miguel Giorgio, Daniel Carubia y Germán Carlomagno. Entre los fundamentos, en breves palabras, se aseguró que la información solicitada era pública y no escapaba del control ciudadano que tiene derecho a saber, a conocer, a acceder a los sueldos y viáticos que perciben los ciudadanos, condenando a la empresa a proveerla.
La consecuencia inmediata en la empresa fue la conmoción, el malestar por un valioso precedente en contra de sus intereses, desde un primer momento se mostraron reticentes en dar a conocer cuánto ganan mensualmente y cuánto perciben de viáticos.
Con el tiempo quedó demostrada la reticencia transcurrieron dos semanas para que los directivos de Enersa cumplieran (?) la sentencia.
Este Portal accedió a las constancias del expediente, 3 archivos de PDF que fueron enviados vía notificación electrónica a la apoderada de la accionante,
La respuesta llegó, por cierto, luego de que la empresa fuera intimada al cumplimiento, circunstancia que ocurrió el pasado miércoles.
La contestación fue insólita, y a su vez, aunque mucho más grave, totalmente incompleta e incluso falaz.
De los 23 funcionarios requeridos, Enersa proveyó los sueldos de 9 solamente, respecto de los honorarios, se informó de 10 directivos.
Según la información brindada por Enersa, Sergio Menéndez, Guillermo Gianello, Hugo Ballay y Héctor Bechara no perciben sueldo alguno, sino solamente honorarios como miembros del directorio, lo mismo que los síndicos titulares.
En cambio, sostienen, los gerentes si lo perciben, caso de Pimentel, Quiroga, Rocha, Bustamante, Minigutti, Malmierca, Fernández y Keiner.
El caso de González es el más llamativo, en el escrito, luego de hacer una férrea defensa del presidente de la firma, se aclara que el sí percibe sueldo y honorarios, según lo informado, el único con dicho beneficio.
Lo más grave de la información brindada por la empresa lo constituyen las fuertes sospechas de falacia que pesan sobre las mismas.
No sería la primera vez que los directivos, o más bien su presidente, faltaran a la verdad con la información.
Recientemente este Portal se hizo eco de una millonaria demanda entablada por González a la empresa Redengas, lo más llamativo de la causa fue el beneficio de litigar sin gastos solicitado por el actual presidente de la empresa de energía provincial y en ese momento presidente de la de Córdoba.
Una prerrogativa dispuesta para aquellas personas de muy escasos o bajos recursos, es decir, ciudadanos humildes, que necesitan recurrir a la Justicia pero que no cuentan con e l dinero para pagar los gastos de un proceso judicial.
En aquel entonces, González no solo se habría declarado indigente, sino también que tuvo que haber presentado elementos probatorios (documentos, testigos) que comprobasen que careciera de recursos económicos en la petición, a pesar de que, como se dijo, presidia el EPEC. Una verdadera vergüenza la insaciabilidad del funcionario provincial.
Respecto al escrito donde la empresa manifiesta cumplimentar con la sentencia condenatoria, supo este medio, los ingresos brindados a la ciudadana y que previamente circularon en los medios de comunicación, no se condicen en nada con lo realmente percibido mensuales por las autoridades.
De confirmarse las sospechas, gravísimas por cierto, en principio el presidente de la firma, como también el resto de los funcionarios, estarían incursos en el delito de falsificación ideológica de documentos públicos previstos en el artículo 293 del Código Penal.
No es la única anomalía desplegada en el escrito de Enersa con el que pretende dar cumplimiento a la condena.
Llamativamente desde la empresa sus funcionarios sostienen que no perciben ningún tipo de dinero en concepto de viáticos.
«Cabe asimismo señalar, que nuestra representada no abona viáticos de ninguna especie a ningún trabajador de planta, personal jerárquico, directivos y sindicatura, razón por lo cual dicho rubro no se incluye en el informe», reza expresamente el escrito presentado en la justicia.
Verdaderamente resulta inverosímil la respuesta, incluso hasta irrisorio que la empresa de energía sea la única reparación pública no solo de la provincia sino del país e incluso del mundo donde sus funcionarios no viatican.
Una absoluta tomadura de pelo para la ciudadana que le ganó el juicio e incluso para la Justicia, como también para todos los entrerrianos, máxime cuando es sabido que incluso algunos empleados gozan de vales de taxis pagos por la empresa para que los mismos se trasladen.
La falta de una respuesta completa, la falacia en la declaración de los sueldos y la mentira respecto de la ausencia de viáticos, si bien lo más grave, no quedó allí, sumándose a la contestación de los funcionarios de la empresa un insólito hecho.
Cómo si lo anterior fuera poco, en el escrito al que accedió este medio surge una advertencia con ribetes de amenazas dirigidos a la ciudadana, a la prensa y a la Justicia.
«3.- Reserva. Dejamos manifestado que ENERSA hace expresa reserva de accionar por los daños y perjuicios en la seguridad de las personas incluidas en el Anexo y/o su entorno familiar, que pudiere irrogar la divulgación inadecuada de la información que aquí se provee, lo cual interesamos se tenga presente a los fines que corresponda», advirtieron en el escrito.
Se interpreta que, al no mencionar un destinatario de la fuerte advertencia, la misma va dirigida a la ciudadana accionante, a la prensa y a la Justicia, como también a todos los ciudadanos que pudieran compartir en sus redes sociales las imágenes que la propia empresa se encargó de difundir antes de que la información llegue a la amparista.
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4 comentarios
Habría que demandarlos por falsificación de documento público
A cortar boletas este domingo…
Ganan el doble de lo publicado….
Como hacen?, están, a la vez, en la misa y la procesión, porqué $$$erá?