Una a favor de los usuarios de ENERSA: mandan a devolver plata mal cobrada (unos 1200 millones de pesos) pero el Fiscal de Estado confía en el Superior Tribunal de «Schumacher y Cía»

La Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de Paraná confirmó este martes una sentencia contra la distribuidora de Energía Entre Ríos SA (Enersa) declarando la ilegitimidad de la aplicación de los incrementos tarifarios efectuados en 2016 a los usuarios residenciales urbanos, suburbanos y rurales.

El Gobierno calcula que tiene devolverle a los usuarios una suma aproximada a $1.200 millones, por lo que la Fiscalía de Estado se irá en recurso de inaplicabilidad de ley para que la Sala Civil del STJER con Schumacher, Smaldone y Carbonell, intentará que revean la decisión.

El fallo del 14 del corriente confirmó la decisión del el 6/8/21 de la Jueza en lo Civil y Comercial N° 6 de Paraná, a cargo de Silvina Rufanacht, que condenó a Enersa a que en el plazo de 90 días proceda a devolver a cada uno de los usuarios las sumas ilegítimamente percibidas, con más los intereses, desde el 1 de enero al 29 de junio de 2016.

Ocurre que los aumentos dispuestos no fueron publicados en el Boletín Oficial como ordenan las disposiciones aplicables. Las subas cobraron vigencia el 1° de enero de 2016 y la resolución recién se publicó (como siempre) en el Boletín Oficial seis meses después: el 21 de junio de 2016.

El fallo de primera instancia fue apelado por la Fiscalía de Estado y Enersa y, entre otros planteos, reclamaron una excepción de litis pendencia, por otra causa en trámite ante la Cámara Contencioso Administrativo iniciado por Adecen contra el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) pidiendo que la acción contra Enersa se acumule a esa.

La Cámara Civil y Comercial de Paraná, Sala Segunda, integrada por los jueces Rodolfo Guillermo Jáuregui, Norma Viviana Ceballos y Mariano Andrés Ludueño (se abstuvo), confirmó la resolución de primera instancia.

Jauregui, sostuvo que “lo aquí pretendido no es la nulidad o ilegitimidad de los actos reglamentarios que autorizaron los incrementos, como si lo es en la acción que tramita ante el fuero contencioso administrativo, sino que lo que se solicita es la declaración de nulidad y/o ilegitimidad de las modificaciones tarifarias que, pese a estar autorizadas por el ente regulador local, fueron aplicadas en violación al estatuto consumeril por Enersa”.

Para el juez es inexacto que en el caso deba esperarse a que se elucide si existe o no resoluciones administrativas válidas o inválidas, para poder resolverse si hubo una aplicación legítima o ilegítima de las mismas por parte de la accionada dado que el comportamiento de la empresa distribuidora que se trae a juzgamiento, tiene que ver con la apropiación de sumas de dinero derivadas de incrementos aplicados que se reputan ilegítimos, debido a que las disposiciones reglamentarias que le servían de sustento no se encontraban vigentes al momento de su aplicación”, Ordenó proceder a la refacturación de las boletas emitidas en base al cuadro tarifario pertinente, e imputar las diferencias resultantes por los períodos abonados a los vencimientos inmediatos posteriores, dentro del plazo estipulado en la sentencia y con las observaciones allí consignadas”.

Pero no festejen, porque en Fiscalía de Estado y Enersa, se juegan la cabeza que Schumacher y cía, “lo dan vuelta al fallo”.

2 comentarios

Ale 17 marzo, 2022 at 2:41 pm

Todo armado david… averigüen qué eata haciendo el nuevo presidente

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Valeria 23 marzo, 2022 at 1:38 pm

Ojalá pueda ver un peso, vengo hace rato pagando sumas irrisorias en una casa de familia de 4 integrantes donde no se plancha por los elevados montos de la facturas, sin mensionar que en un mes debido a la falta de tención constante se quemo la heladera, el smart y un ventilador pero al no tener comprobante del adn de la oveja dolli clonada nadie se hizo cargo.

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