Los patitos de Bahillo y Bordet

A estos patos por ahora no los pueden cazar: al gobierno le salió mal la jugada (tuvieron más suerte con el pato Urri). Parece que por ahora se les rompió un negocio que era muy bueno y solo para algunos.

Transcendió que algunas empresas de turismo de la zona (12 que figuran en el ANMAC), le cobrarían hasta cerca de 3000 dólares por día a extranjeros que venían con intención de “caza libre”. Le daban las armas, municiones, hospedaje, comida. Pero necesitaban lo más importante, o sea también de los recursos naturales de todos, o sea de los animalitos para cazar.

Y algunos funcionarios, no sabemos bien los motivos “si es para desarrollo o promoción”, trataron de darles una manito. Sin mucho estudio, improvisando, lo que es una constante en el Gobierno de Bordet y Rosario Romero, habilitaron la caza. Pero luego la justicia declaró ilegal la normativa que dictaron. Lucio Amavet, Mariano Farall director de Recursos Naturales, junto a Vergara y Ulián, gente que responde al Secretario de Agricultura y Ganadería Lucio Amavet que fue puesto en ese cargo por Rosario Romero, se prestaron “inocentemente” al baile (negocio millonario para que vengan a cazar), y dictaron la resolución 1099 el 11 de mayo de éste año.

Pero, el diablo metió la cola para los intereses de ellos. Una ONG que protege las aves silvestres fue a la justicia y falló, obviamente como no quedaba otra por lo desprolijo y burdo, en contra del Gobierno.

Pero los abogados comandados por Rodríguez Signes, tienen la esperanza de darla vuelta en el STJER. Los milagros sabemos que existen, dicen.

El pasado 7 de julio, el vocal de la Sala Tercera de la Cámara Segunda en lo Civil y Comercial, Andrés Manuel Marfil resolvió admitir parcialmente la demanda, presentada por el Centro para el Estudio y Defensa de las Aves Silvestres (CEYDAS) y otros, contra el gobierno provincial, y anular la Resolución 1099/22 del 11 de mayo pasado de la Dirección de Recursos Naturales de la Provincia de Entre Ríos, que habilita en su art. 2 la caza para el presente año de las especies autóctonas Pato Picazo (Netta peposaca), Pato Sirirí Pampa (Dendrocygna viduata), Pato Sirirí Colorado (Dendrocygna bicolor), Pato Capuchino (Anas versicolor) y Perdiz Chica (Nothura maculosa).

El magistrado también resolvió anular el artículo 3 en lo referente a ellas, por falta de estudios y razones que lo justifiquen incurriendo conforme se expresa en los considerandos en ilegalidad al contraponerse con las Ley Provincial N°4841 y las Nacionales N° 22421 y N°25675, e inconstitucionalidad e inconvencionalidad en tanto contraviene la Constitución Nacional -art.41- y Provincial -art.22- y las Convenciones y Acuerdo Internacionales (Ramsar, Bonn y Río, Escazú).

De esta forma, el magistrado dispuso que quede prohibida por este año en toda la provincia de Entre Ríos la actividad cinegética en relación a estas especies todo con efecto inmediato -art. 15 de la Ley de Procedimientos Constitucionales.

Resolución 1099 Temporada de Caza Menor 2022 by Ricardo David on Scribd

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