Urribarri en libertad, así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia

Como adelantábamos en el día de ayer, con fallo dividido, Urribarri quedó en libertad. Germán Carlomagno y Leonardo Portela, a favor de la liberación, y Miguel Giorgio en contra.

Urribarri, junto a Juan Pablo Aguilera, quienes se encontraba en prisión preventiva desde el 19 de noviembre pasado, a partir del fallo de la Cámara de Casación Penal de Paraná, hoy recuperaron, ante la decisión del Superior Tribunal, su libertad.

La sentencia, con voto dividido, ha admitido la presentación de los abogados de Urribarri, encabezado por Fernando Burlando, y ha dado lugar al recurso y al cese de la prisión preventiva. Gozando de la misma libertad que tenían antes de la sentencia de la Cámara.

Pedro Báez, ex Ministro de Cultura y Comunicación y ex Diputado Provincial, condenado por la misma causa que Aguilera y Urribarri, a pesar de que tiene menos años de condena que Urribarri, continuaría en prisión. Báez todavía está esperando a que se expida el Ministerio Público Fiscal.

Según la sentencia, el Superior Trbunal de Justicia resolvió:
1°) HACER LUGAR a los recursos de impugnación extraordinaria interpuestos por los defensores técnicos de los imputados Juan Pablo Aguilera y Sergio Daniel Urribarri contra la resolución No 262 dictada el 19 de noviembre de 2024 por la Sala I de la Cámara de Casación Penal la que, en consecuencia, se revoca, por arbitrariedad.
2º) DISPONER el cese de las prisiones preventivas de los encausados Juan Pablo Aguilera y Sergio Daniel Urribarri, y el reestablecimiento de las medidas de coerción impuestas por el Tribunal de Juicio y Apelaciones el 5/9/2024.

Leonardo Portela sostuvo que “corresponde hacer lugar a los recursos de impugnación extraordinaria interpuestos por los defensores técnicos de los imputados Juan Pablo Aguilera y Sergio Daniel Urribarri; y que “se colige que en el presente caso: – no existe peligro de entorpecimiento en la investigación, ya que la etapa de investigación está clausurada. – el «peligro de fuga» que advierten los tribunales inferiores, no posee anclaje concreto en circunstancias de la causa, y se encontraba ya ampliamente cautelado mediante las medidas coercitivas impuestas por la resolución del Tribunal de Juicio y Apelaciones, no habiendo los imputados incumplido ninguna de ellas».

El voto en disidencia del vocal Miguel Giorgio criticó la “’urgencia’ y sorpresiva celeridad con la que se ha decidido imprimir el trámite de una impugnación extraordinaria en esta primera semana de feria judicial de enero de 2025, quiero dejar plasmadas algunas cuestiones en frontal desacuerdo”.

Giorgio consideró que la feria fue habilitada “indebidamente”  y cuestionó que “se denegó in limine la revocatoria planteada por el Ministerio Público Fiscal como parte del proceso agraviada por esa decisión.»

SENTENCIA

1 comentario

Guille 8 enero, 2025 at 2:10 pm

No estoy ni a favor ni en contra de urribarri…pero que manoseo sobre las personas que hay en la justicia entrerriana . . Frigerio debe terminar con esto.

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