Para el vocal del STJ la reformada del Ejecutivo Provincial ha convertido al trascendental proceso en un sin sentido, ordinario e ineficiente que perjudica a la gente.
En noviembre del 2018 este Portal se hacía eco de la gran preocupación que rondaba en la cabeza de la ministra de gobierno y justicia de la provincia Rosario Romero por los fallos de los Dres. Claudia Mizawak, Miguel Giorgio y Daniel Carubia en materia de amparo.
Desasosiego que le trasladó al gobernador Gustavo Bordet en una reunión que mantuvieron, junto a diputados afines al mandatario, en el local que tiene el Gobierno provincial de calle Alameda de la capital entrerriana.
Un encuentro trascendente a nivel político, en el mismo el propio Gobernador le confirmaba a los presentes que en la provincia se desdoblarían las elecciones, aunque no fue el único tema abordado de importancia para la provincia.
Con datos estadísticos, la ministra Romero les presentaba al gobernador y los legisladores su malestar con la sala de procedimientos constitucionales en virtud de la cantidad de amparos desfavorables para el Estado provincial, cuestionando, de esta manera, las resoluciones de los Dres. Claudia Mizawak, Miguel Giorgio y Daniel Carubia.
A partir de allí, la ministra desplegó su arsenal en materia jurídica para revertir estas cifras, y en consecuencia, buscar la manera de que los amparos comiencen a salir favorables para el Gobierno y sus funcionarios, en detrimento de la gente que se encuentra en una situación de extrema vulnerabilidad en sus derechos de mayor importancia.
En el entendimiento de que cuanto más voces resuelvan sobre el tema más chances tiene el gobierno de salir airoso en el juicio, como asimismo por las estrechas vinculaciones que unen al Gobierno con los vocales de otras salas, la idea fuerza de la titular de la cartera desde un primer momento fue la ampliación del número de jueces que deben resolver.
Para junio del 2019, la ministra ya tenía el proyecto armado, anunciando Bordet que era inminente la presentación de una batería de reformas legislativas haciendo foco en la administración pública.
Lo que el anuncio omitió manifestar fue que en dicho paquete estaba incluida una reforma que expresa en retroceso en cuanto a los derechos adquiridos por los ciudadanos ante los errores que cometen los funcionarios, yerros que en todos los casos vulneran la salud, la alimentación, el ambiente, la asociación, el acceso a la información pública, a la educación, etc., todos estos fundamentales y en consecuencia, constitucionales.
Bajo el número de expediente 23.548 el 03/ 07/2019 ingresaba en la cámara de senadores de la provincia el proyecto que lleva la firma de Bordet y la autoría intelectual de la ministra Romero.
El antecedente directo de la iniciativa fue una ley del ex gobernador Sergio Montiel, denominándose a la estrategia de Romero “la gran Montiel”.
La principal crítica al proyecto consitio en el letargo del proceso de amparo, una acción pensada para dar respuesta de manera inmediata a quien la interponga, personas que están padeciendo el atentado o restricción a un derecho fundamental, como lo es la salud, la vida, la libertad de expresión, el amiente, la información pública, en fin, todos aquellos derechos que reconoce la Constitución.
Los cuestionamientos se sintieron fuertes incluso en el Colegio de Abogados donde la ministra es fuerte, llamativamente la cítrica de estos se dirigió mas a la falta de convocatoria que a la dilación. Luego de ser convocados las críticas por supuesto cesaron.
Sin embargo, en la primera oportunidad que tuvo, uno de los criticados por Romero para fundar la necesidad de la reforma a la ley 8.369 (de procedimientos constitucionales), en la primera oportunidad que tuvo, y de la manera que suelen hablar los magistrados, a través de sus sentencias, devolvió la crítica y fue lapidario con la ley 10.704.
Se trata del Dr. Daniel Carubia, vocal del Superior Tribunal de Justicia, integrante de la sala penal y hasta la entrada en vigencia uno de los tres componentes que votaban en las segundas instancias del proceso de amparo.
El fuerte cuestionamiento lo practicó con motivo de expedirse en la causa denominada «VALENZUELA NORMA VICTORIA C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO».-
En la misma la amparista, jubilada provincial y aportante a la obra social provincial, pretendía que la Justicia ordene al IOSPER en forma inmediata proceda a afiliarla definitivamente y le brinde cobertura de salud.
la lapidaria critica a la ley de Bordet y Romero “I.- Previo a toda consideración sobre la cuestión concretamente propuesta, debo expresar mi angustiada preocupación por el resultado al que se está arribando en estos procesos constitucionales, otrora expeditos, rápidos y gratuitos (cfme.: art. 56, Const. de E. Ríos), por aplicación del intrincado mecanismo procedimental pergeñado por la Ley Nº 10704, con el cual se ha logrado desvirtuar por completo aquél loable carácter constitucionalmente asignado a la acción de amparo y este expediente es una clara muestra de ello.-“
Agregando Carubia “En efecto, emití voto en esta causa el día 27/8/19, posteriormente volvió a despacho de esta Vocalía y emití un nuevo voto en fecha 15/9/19 y ahora -más de un mes después de aquel primer voto- debo emitir uno nuevo, por tercera vez, y con la peculiaridad de que el expediente no se puso a despacho del Vocal sino, en ausencia del suscripto en comisión de servicio, se puso “a despacho” del señor Coordinador de esta Vocalía, quien carece por completo de competencia para emitir voto en la causa, siendo el Vocal el único sujeto a quien puede y debe ponérsele a despacho el expediente; de lo contrario se desconoce cuándo comienza a correr el plazo del mismo para expedirse”.-
Para finalizar “Todas estas lamentables circunstancias, son productos de una ley pensada y creada -en mi criterio- con la única finalidad de desnaturalizar por entero el proverbial proceso de acción de amparo que fuera tradicionalmente exitoso y eficaz en esta provincia -ejemplar en el contexto nacional-, convirtiéndolo en un galimatías procesal absolutamente ordinarizado e ineficiente, lo cual se está logrando con holgura en perjuicio de los justiciables.-“
Luego, procedió a dar su voto, entendiendo que le asistía razón a la amparista, condenando, en consecuencia, al IOSPER, adhirieron al voto y a sus fundamentos, los Dres. Giorgio y Carlomagno.