Otra vez Moia falló contra el gobierno por los descuentos de la ley de Emergencia

El juez Ángel Moia dio lugar parcialmente a un reclamo de la Asociación Judicial de Entre Ríos y dispuso la suspensión de la aplicación de los recortes a activos y pasivos del Poder Judicial.

Una vez más, el Poder Judicial falló contra el gobierno de Entre Ríos por la ley de Emergencia sancionada en julio de 2020.

En esta oportunidad, el juez Ángel Moia hizo lugar parcialmente a una acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Judicial de Entre Ríos, con respecto a los activos y pasivos que ella representa.

En el fallo, Moia resolvió que el gobierno entrerriano debe suspender la aplicación de los descuentos del artículo 6 de la ley 10.806 respecto de los pasivos del Poder Judicial de la provincia. De igual manera hizo con el artículo 4 de la misma ley, que refiere a los trabajadores activos.

El juez también hizo lugar parcialmente a la medida cautelar y dispuso la suspensión de la aplicación del artículo. 10 de la ley de Emergencia, “a los fines de liquidar el incremento dispuesto por la Corte Suprema” para los dependientes del Poder Judicial.

Entre otros argumentos, Moia considera que el déficit de la Caja de Jubilaciones es un problema “crónico”, que “resulta reiterado en el tiempo y desborda la situación coyuntural que se invocó para sancionar la ley de emergencia”.

En ese sentido, destaca que “el apartamiento de las reglas comunes y la posibilidad de afectar de modo más intenso los derechos de los particulares -sin llegar a desnaturalizarlos- depende de que exista una situación excepcional que haya generado alteraciones que se necesite superar”.

Así, una vez más, la Justicia falla contra el gobierno provincial por los descuentos de la ley de Emergencia, que fue sancionada con la excusa de la pandemia para recortar ingresos de activos y pasivos de la provincia.

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1 comentario

Daniel 4 enero, 2021 at 12:50 pm

Tan simple como fallar como se debe segun la ley! Pero tan poco visto en los jueves hoy

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