Tribunales está que arde. Cecilia Goyeneche pide un juicio justo, y el Superior Tribunal parece que no se lo garantiza para nada. Chocolate por la noticia!
Pidiendo un parámetro riguroso para juzgarla y custodiando la garantía de imparcialidad, luego de lógicamente recusar a Mizawak por ser quien emitió opinión sobre el tema del amparo en contra de la postura de la procuradora, en resolución del 30/11/21, también cuestionó a Giorgio.
Lo hizo dado que el 6 de diciembre de 2020 Giorgio y la citada Mizawak (junto con Carubia), cuando Goyeneche era jurado técnico, cuestionaron su actuación en forma genérica y abstracta, sin que ningún concursante la haya cuestionado, en observación que calificó de tendenciosa y ofensiva, siendo que el Tribunal de Enjuiciamiento, también sin sentido, dispuso comunicar lo resuelto al Consejo de la Magistratura, con lo que vincula los dos sucesos.
Giorgio firmó una nota en la que decía, junto con sus dos colegas Mizawak y Carubia, ”creemos altamente inconveniente que, en un sistema procesal en el que el Ministerio Público Fiscal tiene la potestad de promoción y ejercicio de la acción penal pública, así como de conducir las investigaciones consecuentes, con el control de los Jueces de Garantías -únicos límites al poder de los Fiscales-, sea precisamente la Procuradora Adjunta quien integre el jurado de selección de los ocho cargos vacantes de Jueces de Garantías existentes en la provincia” y que resulta “empañada la real independencia y ecuanimidad del proceso por la circunstancia de que la segunda en el orden jerárquico de jefatura de los Fiscales sea quien seleccione a los Jueces que deberán controlar sus actuaciones, lo cual despertará natural suspicacia e incomodidad en quienes pretendan participar en los concursos Nos. 252 (3 cargos para Concordia), 253 (2 cargos para Paraná), 254 (1 cargo para Colón), 255 (1 cargo para Nogoyá) y 256 (un cargo para Villaguay), siendo; Cecilia A. Goyeneche, en representación del estamento Magistrados.
Dado que aquella manifestación pública fue realizada sin razón que la motivara, no existieron recusaciones, ni otro tipo de presentaciones cuestionando su intervención, ni se presentó recurso judicial o administrativo alguno, entiende Goyeneche que el Sr. Vocal Giorgio no ofrece las garantías suficientes para excluir cualquier duda razonable de parcialidad. Muy por el contrario ha manifestado públicamente -y utilizando como medio de difusión, nada menos que el Servicio de Prensa del Poder Judicial- sus propios prejuicios despreciativos- en relación con la su actuación profesional, y lo fundó en lo previsto en el art. 5 bis, inc. A apartado 4º LPC.
También es notorio, según sostienen en el ambiente, la admiración y el respeto, cuando no amistad íntima, que el mencionado Giorgio profesa respecto de Daniel Carubia, quien es otro de los jueces que avanzaron contra Goyeneche como es de público conocimiento. Motivo éste que si bien no fue alegado por Goyeneche, también la debe tener preocupada.
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