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Previo a discutir el mega decreto, la Cámara alta nacional votó a favor de la norma que modifica el Código Penal.
En la agenda de temas previa a la discusión del DNU 70/23 dictado por el presidente Javier Milei en diciembre pasado, el Senado de la Nación sancionó por unanimidad la modificación en la ley de Prevención y Represión del lavado de activos, Financiación del terrorismo y el Financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
De esta manera, dio luz verde al proyecto que consiguió dictamen en las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda del Senado.
El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, se involucró personalmente para dar impulso a la iniciativa y habló con senadores que tenían dudas sobre el proyecto.
La iniciativa, aprobada por Diputados en abril de 2023, formó parte del último entendimiento que firmó la Argentina con el Fondo Monetario Internacional (FMI) e incluye las sugerencias del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
El proyecto modifica el artículo 5 de la Ley 25.246, de modo de establecer que la UIF funcionará como “organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Economía, con personería jurídica propia, con autonomía y autarquía funcional, administrativa, económica y financiera”.
Respecto a la pena prevista para el lavado en el artículo 303 del Código Penal se aumentará el monto de la condición objetiva de punibilidad de 300 mil pesos a 8.600.000 y se implementará una unidad de medida (Salario Mínimo, Vital y Móvil) a los fines de su actualización periódica.
A su vez, se incorpora un nuevo tipo de penal de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva en el artículo 306; y se agrega el artículo 4 bis a la Ley 25.246 para incorporar el concepto de operación inusual y sospechosa de conformidad con la recomendación 20 del GAFI.
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