Diputados dio media sanción al proyecto de Régimen Legal de Transparencia y Ética de la Función Pública

El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo fue aprobado por unanimidad. La diputada Gabriela Lena, quien preside la comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento, remarcó que se trata de una “manda constitucional que no se ha reglamentado”.

El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo cuenta con varios componentes. El principal objetivo es regular las normas de conducta que deben cumplir los funcionarios públicos. Asimismo, la iniciativa establece un conjunto de prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades aplicables a todas las personas que se desempeñen en un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial, ya sea designado o elegido popularmente, en forma permanente o transitoria, por concurso o por cualquier otro medio legal de acceso, sea honorario o remunerado, al servicio o en nombre del Estado provincial.

En la votación en particular, La Libertad Avanza no acompañó el inciso 16 del artículo 3, que incorpora la obligación de abstenerse de incurrir en el negacionismo de los crímenes de la dictadura entre los deberes y pautas del comportamiento ético.

“Este régimen busca establecer normas claras, que sean contundentes, que garanticen que quienes ejercemos cargos públicos lo hagamos con la mayor integridad y compromiso”, indicó Lena. Resaltó especialmente la denominada “ficha limpia”, es decir, que ninguna persona con antecedentes penales graves pueda ser candidato o funcionario.

También se aprobó la creación del RINI y la adhesión del RIGI

Con el voto del oficialismo y de algunos libertarios, Entre Ríos adhirió al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y se creó el Régimen de Incentivo a las Nuevas Inversiones (RINI). El bloque justicialista votó con contra y hubo protestas en el recinto.

Blanqueo de capitales

Por otro lado, sin debate, se dio media sanción a la adhesión de la provincia al Título II, Artículos 18° a 44°, de la Ley nacional 27.743, «estableciendo que los sujetos que declaren de manera voluntaria la tenencia de moneda nacional, extranjera, muebles, inmuebles y demás bienes o activos en el país y en el exterior accederán a beneficios».

Con ese principio, quienes blanqueen capitales «quedarán exceptuados del pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos y cuanto otro impuesto provincial correspondiera según el caso, por los ingresos y bienes que hubieran omitido declarar, en las condiciones que se establecen, por los períodos fiscales no prescriptos a la fecha de publicación de la Ley».

1 comentario

miguel arce 30 agosto, 2024 at 7:41 am

¿Qué va a pasar con los ex funcionarios que se robaron todo?

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