AFIM informa sobre el avance del operativo de tasas comerciales.

Este organismo está trabajando en la segunda zona de la ciudad que abarcará el operativo: calle Gualeguaychú, desde San Martín hasta Av Ramírez.

Habiendo pasado casi 3 meses de comenzado el Operativo de Tasas Comerciales y Derechos, la Agencia Fiscal Municipal (AFIM) informa a los paranaenses sobre el estado de situación y grado de avance. Asimismo se establecen las penalidades para quienes no están cumpliendo con lo requerido por la Agencia y se anuncia también que se está trabajando en la segunda zona de la ciudad que abarcará el operativo: calle Gualeguaychú, desde San Martín hasta Av. Ramírez.

En mayo del corriente se comunicó la primera zona dónde se requeriría información contable e impositiva y comenzó el operativo. A tres meses de esos hechos, la etapa de contacto con los contribuyentes de la primera zona visitada está culminando, razón por la cual -y en cumplimiento del derecho ciudadano a la información pública- desde la Agencia se dan a conocer los siguientes datos:

La cantidad de comercios visitados fue de 568, cifra que representa casi el 6% del padrón de contribuyentes activos en la tasa comercial. El 69% de los contribuyentes visitados -es decir 392 comercios- cumplieron con la documentación requerida. Gran parte de ésta ya se ha analizado y un porcentaje aún está en estudio.

La AFIM informó que se espera a 55 contribuyentes -que representan el 10% de los comercios visitados- a los que aún no se les ha vencido el plazo otorgado para dar cumplimiento al pedido de información.

Por otra parte, un 21% representa a ciudadanos que no han cumplido con lo requerido. Es importante que quienes están dentro de estos casos sepan que si se les ha vencido por primera vez el plazo para presentar la documentación, la Agencia puede ampliar el mismo, para ayudar al ciudadano a que regularice su situación, sabiendo que si persisten en el incumplimiento al segundo pedido incurrirán en infracción y por lo tanto les cabe la multa a los deberes formales de $600. También en los casos que corresponda y dentro de la misma cedula se intima deuda vencida. Cuando medie el segundo requerimiento el contribuyente puede presentar la documentación requerida por segunda vez, pagar la tasa reclamada como adeudada, o esperar el vencimiento de plazo.

Respecto de los ciudadanos que no cumplan con el segundo pedido, que es cuando la Agencia detecta y determina que se ha cumplido el plazo de espera de la información solicitada y el contribuyente no la presenta o lo hace parcialmente, la multa de $600 queda firme y activa la notificación de otra por valor de $5.000, en concepto de obstaculización de una fiscalización, lo que reviste mayor gravedad.

Cobertura del Operativo:

Alcance actual / Calle y Altura:
Cantidad Contrib. Visitados

San Martín desde 600 al 1200
225

La Paz desde 50 al 100
12

Cervantes 1 al 100
43

Uruguay 1 al 100
17

Andrés Pazos desde 1 a 100
19

Urquiza 900 al 1100
14

25 de Junio desde el 1 al 100
56

España del 1 al 100
14

25 de Mayo del 1 al 100
3

Gualegucychú del 1 al 50
86

Alem 1 al 200
30

Perú 1 al 50
25

Venezuela del 1 al 100
8

Bavio del 1 al 100
10

Chile del 200 al 300
6

Cantidad Comercios Visitados
568

Actualmente, y junto con el proceso de análisis de la documentación que han presentado los contribuyentes de la primera zona -que cumplieron con lo solicitado por la AFIM- los agentes de esta Institución están visitando a los comerciantes de la segunda zona, definida semanas atrás, que comprende calle Gualeguaychú, desde San Martín hasta Av. Ramírez. En esta instancia, las tareas básicamente responden a un primer contacto con los comercios zonales.

Fiscalizaciones individuales

Es de destacar que juntamente con los Operativos que están en marcha, la Agencia Fiscal seguirá intensificando las fiscalizaciones individuales, y que se darán en otra modalidad a las comunicadas, que será, a través de visitas imprevistas, dónde se presentarán inspectores, debidamente acreditados, en distintos puntos de la ciudad solicitando documentación vinculada a la tasa comercial y derechos para contribuyentes sobre los que se presume cuentan con irregularidades en los mencionados tributos.

Para los casos en los que se determine deuda en tasa comercial y no se regulariza en término, la Administración fiscal emitirá resoluciones de cierre de sumario, cuya multa será de hasta el 100% del tributo omitido.

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