Lara, Lara, Lara: la historia de un ganador que no paga Impuesto a las Ganancias

A Diego Lara con un sueldo de 493.815 pesos, la vida le sonríe y “es más ganador que Gallardo”, pero no quiere pagar ganancias.

Ganó por “afano” el concurso respectivo en el totalmente inmaculado y transparente organismo del Consejo de la Magistratura Provincial que presidía Pablo Biaggini, monitoreado por Rosario Romero y por esa razón es Presidente del Tribunal de Cuentas.

En virtud de aquel triunfo resonante, contundente, EN EL QUE NADA TUVO QUE VER LA POLÍTICA, es que tiene la excelsa misión de controlarle la caja a Bordet, Stratta, etc. etc.!! Para que no haya ningún faltante, ni filtraciones, nada de nada. El dinero de los Entrerrianos y entrerrianas está en buenas manos.

También ganó la extrema confianza de sus “contratados” cuando era diputado y por eso es que cobraba junto a su señora, de “frente manteca” por ventanilla, los Cheques del BERSA que les correspondían a ellos. “Como estaba al pedo iba yo”, habría comentado en confianza con allegados para justificar que él era el que hacía de mandadero de su secretario.

Contratos truchos de la Legislatura: el ex diputado Diego Lara y su pareja cobraban personalmente los cheques

Ahora le ganó a la Afip, y no paga ganancias, por una acción declarativa de certeza en el caso “LARA, DIEGO LUCIO NICOLAS C ONTRA AFIP SOBRE ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD” expte. N° FPA 5002/2021/CA1. El 22/12/21 dos de tres jueces de la Cámara Federal de Paraná le dieron la razón, como lo había hecho antes el juez de primera instancia.

Dicen que fue el Gobernador Bordet en persona quien le dio el “sano” consejo para que accione. “Diego, es muy poco lo que ganás acá (493.815 pesos),para todo lo que hacés y ni siquiera tenés los contratos para tu gente”.

Tenés razón Gustavo, “como los jueces no pagan, yo tampoco quiero pagar ganancias y si entré después de que salió la ley que reglamenta el impuesto de 2017, no importa”, le habría contestado ya convencido del camino a seguir por el sabio consejo del uno.

Pero ojo, que el voto minoritario, del juez Mateo Busaniche, entendió que se encuentra alcanzado por las disposiciones del art. 79 inc.a) de la ley de impuesto a las ganancias, modificado por la ley N°27.346, en cuanto establece que deberán abonar el impuesto “En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive”.

El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos carece de facultades reglamentarias respecto de la ley de impuesto a las ganancias y consecuentemente para determinar la base imponible, alícuota o exención alguna, por lo que las pautas establecidas por Acordada interna 291/20 no resultan vinculantes para la AFIP en relación con el modo en que debe calcularse la base imponible”.

AFIP va a recurrir el fallo y seguro que terminará resolviendo la Corte Suprema.

Doc 1135596766 by Ricardo David on Scribd

2 comentarios

TERESA 3 enero, 2022 at 9:08 am

¿PERDÒN…!!! Voy a vomitar y vuelvo…

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Superheroe sincapa 4 enero, 2022 at 11:14 pm

Que pedazo de cara dura este tipo.
Dios me libre y me guarde

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