La Fiscalía notifica a Bahl, Ballestena, Lauritto, Cáceres, Urribarri, Allende por los Contratos Truchos para que designen abogados

La investigación penal por la denominada “Megacausa de los Contratos Truchos” en la Legislatura de Entre Ríos ha ingresado en su etapa más sensible y determinante. El fiscal Gonzalo Badano ha formalizado el pedido de citación para que las máximas autoridades que condujeron ambas cámaras entre los años 2008 y 2018 se presenten ante la justicia para designar abogados defensores, lo que marca el inicio de una imputación formal contra el poder político que administró los fondos legislativos durante más de una década. Los videos expuestos por este Portal de ex legisladores fueron determinantes ya que reconocieron que «acataban instrucciones» de los presidentes de Cámara.

El proceso escaló significativamente tras la apertura formal de la causa legajo N° 305.361 el pasado 26 de noviembre, fecha en la que se dio curso a una nueva línea de investigación que busca determinar la responsabilidad penal de quienes ostentaban la firma y el control administrativo de los contratos. El Ministerio Público Fiscal sospecha que el desvío millonario de fondos públicos no pudo realizarse sin la anuencia o, al menos, la omisión culposa de quienes presidían las cámaras y los bloques parlamentarios.

En esta instancia, la fiscalía ha sido clara: los citados deben presentarse con patrocinio legal, un paso procesal que indica que ya no son llamados como simples testigos, sino como sospechosos en el marco de una investigación por peculado y asociación ilícita.

La lista de autoridades que deberán dar explicaciones ante la justicia abarca tres gestiones de gobierno y atraviesa nombres de peso histórico en la política entrerriana:

En la Cámara de Senadores (Vicegobernadores):

  • José Eduardo Laurito: vicegobernador en el periodo 2007-2011.

  • José Orlando Cáceres: ejerció la vicepresidencia del Senado entre 2011 y 2015.

  • Adán Humberto Bahl: máxima autoridad del Senado entre 2015 y 2018. Se menciona con insistencia a su vicepresidente primero de entonces, el senador por La Paz, Aldo Ballestena, porque al momento de firmar muchos de los contratos irregulares, se lo convocaba a él. Además, en el legajo N° 305.361, causa «Contratos Truchos II», por su desempeño como firmante, es el primer sindicado. Se presupone que nada de lo actuado por Bellestena fue sin el concentimiento o la orden directa de Bhal.

En la Cámara de Diputados (Presidentes):

  • José Ángel Allende: presidente de la Cámara de Diputados durante varios periodos consecutivos. Allende ya cuenta con antecedentes de condenas por enriquecimiento ilícito y amenazas, lo que agrava su situación procesal en este legajo.

  • Sergio Urribarri: El exgobernador también está citado en su carácter de expresidente de la Cámara de Diputados (2015-2018). Urribarri, actualmente con condenas en otras causas de corrupción, deberá viajar desde Concordia para cumplir con la notificación.

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La investigación no se detiene en los presidentes de las cámaras. La fiscalía está analizando las declaraciones de diversos legisladores y empleados administrativos que señalaron que la firma de los contratos sospechosos era una práctica validada por las autoridades de bloque.

En este contexto, han cobrado relevancia nombres como los de ex legisladores que reconocieron frente a los fiscales haber firmado «de favor» contratos porque se lo solicitaban las autoridades de Cámara . La especulación judicial sugiere que los defensores de los imputados originales (la estructura administrativa supuestamente liderada por Mena y Beckman) buscarán que el peso de la responsabilidad recaiga sobre altos funcionarios, alegando que los acusados solo cumplían órdenes de una jerarquía superior.

El sistema que se investiga consistía en la contratación de personal que nunca prestaba servicios (empleados «fantasmas»), cuyos haberes eran cobrados por terceras personas mediante tarjetas de débito en cajeros automáticos de Paraná. Se estima que, entre 2008 y 2018, la organización sustrajo cifras millonarias que hoy representarían miles de millones de pesos a valor actualizado.

La fiscalía busca con la apertura de esta causa cerrar el círculo: ¿quién autorizaba esos contratos? ¿Quién controlaba la asistencia? Y, fundamentalmente, ¿quién se beneficiaba con el retorno de ese dinero?

La citación para que designen abogado no es un trámite menor, sino una formalidad que conlleva las siguientes consecuencias:

  • Cambio de estatus: e convocado deja de ser un simple testigo para convertirse formalmente en un sospechoso o imputado en la investigación.

  • Derecho de defensa: se activa la garantía constitucional que permite al involucrado acceder al expediente, conocer las pruebas en su contra y controlar la legalidad del proceso.

  • Antesala de la indagatoria: generalmente, este paso precede a la declaración indagatoria, donde los fiscales confrontan al acusado con las pruebas recolectadas.

Las confesiones de los ex legisladores ante los fiscales han funcionado como una «llave» que señala directamente a quienes manejaban la caja política de la Legislatura. La admisión de haber sido «prestafirmas» por pedido de las autoridades de cámara coloca en una situación procesal extremadamente delicada a los responsables de las gestiones investigadas.

En este escenario, la posibilidad de realizar allanamientos y registros domiciliarios se presenta como una medida necesaria para recuperar documentación que, según las denuncias, la fiscalía habría evitado buscar en etapas anteriores. Esta avanzada judicial apunta directamente a:

  1. Sergio Urribarri y José Ángel Allende: señalados como los principales artífices del sistema de contratos y quienes daban las directivas de firma.

  2. Eduardo Lauritto y José Cáceres: en su carácter de ex autoridades de las cámaras bajo cuyos mandatos se habrían multiplicado las contrataciones irregulares.

  3. Aldo Ballestena: la denominada «Causa Contratos Truchos II» (legajo N° 305.361) ubica a Ballestena en una posición procesal crítica debido a su rol como vicepresidente primero durante la gestión de Adán Bahl. La investigación judicial sugiere que Ballestena no actuaba como un mero administrativo, sino que su validación de los listados de contratos respondía a una «moneda de cambio»: la obtención de una cuota de contratos propios para beneficio personal. No obstante, el avance del legajo plantea que este esquema en el Senado no podía operar sin la anuencia política de Bahl, quien, como responsable máximo de los fondos de la Vicegobernación, mantenía el control sobre el flujo de dinero.

A diferencia del resto de los mencionados, Adán Bahl presenta una situación jurídica particular. Al desempeñarse actualmente como Senador Nacional, goza de fueros parlamentarios, de inmunidad. Esto implica que, si bien puede ser investigado y citado a designar abogado, la justicia no puede avanzar con medidas restrictivas de su libertad ni con el allanamiento de sus domicilios o despachos sin solicitar previamente un proceso de desafuero ante el Congreso de la Nación.

La gran incógnita que resta es si el Ministerio Público Fiscal mantendrá la estrategia de «cortar el hilo por lo más delgado» o si las citaciones de Badano marcan el inicio de un juicio que finalmente siente en el banquillo a los verdaderos responsables del desvío de fondos públicos.

 

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