El municipio de Concordia condonará hasta el 100% de intereses por deudas municipales y multas hasta fines de julio

La medida, promulgada y publicada en el Boletín Oficial, permitirá regularizar deudas municipales con importantes quitas de intereses para quienes paguen al contado o en hasta tres cuotas.

El municipio de Concordia puso en marcha un régimen excepcional de reducción de intereses resarcitorios para contribuyentes con deudas de la Tasa General Inmobiliaria, Servicios Sanitarios, Contribución por Mejoras y obligaciones pendientes en el Juzgado de Faltas.

La iniciativa fue sancionada por el Concejo Deliberante el 30 de abril y promulgada por el intendente Francisco Azcué el 4 de mayo mediante la Ordenanza N° 38.807, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Según establece la norma, la Dirección General de Rentas, el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias y el Juzgado de Faltas estarán facultados hasta el 31 de julio de 2026 inclusive para aplicar una reducción parcial o total de los intereses acumulados sobre esas obligaciones.

Beneficios según la modalidad de pago

Los contribuyentes que decidan cancelar sus deudas mediante pago al contado podrán acceder a una quita de hasta el 100% de los intereses resarcitorios.

En tanto, quienes opten por formalizar un convenio de pago de hasta tres cuotas podrán obtener una reducción de hasta el 50% sobre esos intereses, siempre bajo las condiciones que establezca el organismo fiscal.

La ordenanza también contempla la posibilidad de que vecinos que ya tengan convenios vigentes puedan adherirse al nuevo beneficio. Para eso deberán solicitar la caducidad del plan actual y recalcular la deuda remanente con la aplicación de las nuevas quitas.

Condiciones para mantener el beneficio

La normativa advierte que la falta de pago de una sola cuota o el incumplimiento del vencimiento pactado en caso de pago contado provocará automáticamente la caducidad del convenio y la pérdida del beneficio otorgado, sin posibilidad de volver a solicitarlo.

Además, para acceder a la reducción, los contribuyentes deberán regularizar la totalidad de la deuda —administrativa o judicial— correspondiente al tributo o infracción que pretenden incluir en el plan.

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